INTRODUCCIÓN
En la presente publicación se va a proceder a detallar el procedimiento que deben seguir los operadores de comercio exterior para acogerse a los beneficios que otorgan los códigos liberatorios en función de la exención parcial o total tributaria ,además se va a detallar parámetros claves que se deben cumplir obligatoriamente previo a acogerse a este beneficio.
PROCEDIMIENTO
EJEMPLO DE CONSULTA DE LIBERACIÓN
Al momento de consultar la liberación aplicable al identificar el código aplicable a nuestra importación lo seleccionamos y damos confirmar y se registra en el campo H39 o H40.
CONCLUSIONES
La aplicación de Códigos Liberatorios aplicables a las DAI ,que corresponden a tratamiento preferencial deben deben estar sustentadas con los documentos exigibles según lo estipulado en la normativa.
Es fundamental conocer que en el portal Ecuapass al amparo de convenios internacionales vigentes ,así como también acogerse a liberaciones establecidas en la normativa nacional,por tal motivo es clave que previo a la selección del convenio al cual se va a sustentar la petición de exención tributaria se encuentre en vigencia y se cumpla con los requisitos establecidos,dependiendo la normativa que lo regula.
RECOMENDACIONES
Es fundamental que los operadores de comercio exterior previo a la elaboración de la DAI y selección de normativa que ampara su exención tributaria debe consultar cuales son los porcentajes y tributos aplicables establecidos sin exención tributaria debido a que puede acogerse a exención en el caso que sea aplicable del ICE cumpliendo con requisitos establecidos en la Ley de Régimen Tributario Interno con el objetivo de generar mayor eficiencia en relación a costo y logrando obtener beneficios en relación a recursos.
VOCABULARIO
LRTI. Comprende la Ley de Régimen Tributario Interno vigente en el país que establece las regulaciones y estipulaciones que deben cumplir los sujetos pasivos.
DAI. Es la Declaración Aduanera de Importación ,que en la actualidad se lo realiza a través del portal interno Ecuapass y se la genera electrónicamente.
Certificado de Origen.Es un documento que certifica el país de origen o fabricación de determinados productos,se lo elabora con el objetivo de que el Importador a través de su presentación logre acceder a beneficios tributarios vigentes acorde a la Normativa Internacional o Local.
FUENTE
http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-2-009-V1.pdf
AUTOR.
Byron Coba V.
Comentarios