INTRODUCCIÓN
Las facilidades de pago de los tributos al comercio exterior son aplicadas únicamente en importaciones de bienes de capital realizadas para incrementar el activo fijo del importador directo de los bienes
DESARROLLO
- Registra solicitud de facilidades de pago.
El OCE registra solicitud de facilidades de pago en ECUAPASS, utilizando la siguiente ruta: Portal externo>Trámites operativos>1.1.2 Formulario de solicitud de categoría> Solicitud de facilidades de pago.
- Elabora oficio de solicitud de facilidad de pago
El OCE elabora oficio de acuerdo al anexo 1 del presente documento y entrega en la Dirección de Secretaría General Del SENAE con todos los requisitos establecidos en la resolución SENAE-DGN-2013-0010-RE
- Recibe oficio de importador
El técnico en archivo de secretaría general, recibe oficio de solicitud de facilidad de pago y deriva a la Dirección de Autorizaciones y Expedientes OCES.
- Revisa Quipux reasignado
- Si el importador tiene procesos coactivos o garantías ejecutadas, no pagadas:
- El abogado aduanero elabora el oficio rechazando la solicitud para facilidades de pago y el director de Autorizaciones y Expedientes OCES lo reasigna para la firma del Director General del SENAE.
- Firma el oficio de rechazo o la resolución de autorización para facilidades de pago y deriva a la secretaría general para la correspondiente notificación al importador y a la Dirección de Autorizaciones y Expedientes OCES
- Paga la liquidación total de la DAI
- Si el importador tiene garantías ejecutadas y pagadas dentro de los dos años de la solicitud de facilidad de pago.
- Elabora resolución autorizando plazo hasta 6 meses
- Elabora resolución autorizando plazo hasta 24 meses.
- El director registra en ECUAPASS rechazo o autorización
- Paga liquidación de oferta y presenta garantía
RESUMEN:
CONCLUSIONES:
Existen dos alternativas para la facilidad de pago, la primera que te rechacen y la segunda que te acepten y dentro de la opción de aceptación existen dos alternativas un pago para 6 y 24 meses de acuerdo a la situación
RECOMENDACIONES:
Cumplir con todos los requisitos durante la presentación de la solicitud para no tener un rechazo de la misma.
FUENTE:
Reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Comercio, del libro V del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones, artículo 4
SENAE-MEE-2-2-022-V2 Manual Específico para la aplicación de facilidades de pago en la siguiente ruta: http://www.aduana.gob.ec > Procedimientos > Para OCEs > Despacho – Importación > Facilidades de Pago > Manuales y Guías > Para la aplicación de facilidades de pago
AUTORA: Nicole Díaz
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