Procedencia e identidad de un mensaje de datos

Según el art. 10 de la Ley de Comercio Electrónico se entiende que un mensaje de datos, salvo prueba en contrario, proviene de quien lo envía y, autoriza a quien lo recibe, para actuar conforme al contenido del mismo, cuando de su verificación exista concordancia entre la identificación del emisor y su firma electrónica.

Excepto en los siguientes casos:

9241932285?profile=original

En el reglamento a esta Ley nos indica:

9241932677?profile=original

9241933270?profile=original

Conclusión:

La verificación de una persona con la firma electrónica se realizará mediante la comprobación de la vigencia y de los datos del mensaje, pero si la firma fuera de otro tipo se comprobará mediante la base de datos que soportan la firma.

Recomendación:

Los usuarios deben recordar que cuando se precise, se podrá recurrir a peritos para determinar la procedencia y otro tipo de relaciones de un mensaje de datos con quien lo remite de modo directo o indirecto.

Términos:

VULNERABILIDAD: es la incapacidad de resistencia cuando se presenta un fenómeno amenazante

Fuente:

http://www.oas.org/juridico/spanish/cyb_ecu_ley_comelectronico.pdf

Autor: Sofía Carrera 

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