¿Problemas con tu peinado? La peluca de media cabeza es tu mejor opción para corregirlo. Conoce su clasificación arancelaria.

Descripción del producto

Peluca de fibra sintética, tan suave como cabello natural, sin brillo falso, que solo cubre parte de la cabeza. Comienza en la coronilla de la cabeza y cubre los costados y la espalda. Sirve para cubrir el cuero cabelludo y dar volumen al peinado, es una opción popular para aquellas personas que desean agregar volumen, longitud o cambiar su estilo de cabello sin cubrir completamente su cabello natural.

Está construida en forma de gorro, que cubre la parte superior de la cabeza. y este gorro suele ser elástico para adaptarse a diferentes tamaños de cabeza y  tiene clips incorporados para asegurarse en su lugar.

El cuidado de estas pelucas generalmente implica cepillar suavemente y almacenar adecuadamente cuando no se usan.

Reglas Generales Interpretativas 

Regla General Interpretativa 1. Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

Regla General Interpretativa 6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario. 

Clasificación Arancelaria 

Sección: XII: Calzado, sombreros y demás tocados, paraguas, quitasoles, bastones, látigos, fustas, y sus partes; plumas preparadas y artículos de plumas; flores artificiales; manufacturas de cabello. 

Capítulo: 67 - Plumas y plumón preparados y artículos de plumas o plumón; flores artificiales; manufacturas de cabello

Partida: 67.04 - Pelucas, barbas, cejas, pestañas, mechones y artículos análogos, de cabello, pelo o materia textil; manufacturas de cabello no expresadas ni comprendidas en otra parte.

Subpartida: 6704.19.00.00 - - Los demás

Notas explicativas

6704.11 – – Pelucas que cubran toda la cabeza. 

 6704.19 – – Los demás. 

 6704.20 – De cabello. 

 6704.90 – De las demás materias. 

 Esta partida comprende: 

1) Los postizos de cualquier clase, de cabello, pelo o materias textiles, que constituyan artículos listos para el uso y principalmente las pelucas, barbas, cejas, pestañas, mechones, trenzas, coletas, moños, bigotes, tupés, diademas, patillas y artículos análogos. Todos estos artículos, de elaboración relativamente cuidada, pueden utilizarse tanto en la calle como en el teatro.

Tributos fijos para la mercancía

  • Ad Valorem: 30%
  • FODINFA: 0.5%
  • IVA: 12%

Restricciones y prohibiciones

País Origen: República Popular Democrática de Corea del Norte.

Tipo de restricción: Prohibición a la salida o ingreso a la República de Corea de la mercancía.

Conclusión

Las pelucas hechas de material sintético y que no cubran toda la cabeza,  tendrán su clasificación arancelaria se ha basado de acuerdo a las Reglas Generales Interpretativas y a las Notas Explicativas, permiten clasificarlas en la sección XII, capítulo 67, en la partida 67.04 que abarca pelucas, barbas, cejas, pestañas, mechones y artículos análogos, de cabello, pelo o materia textil; manufacturas de cabello no expresadas ni comprendidas en otra parte; además que debe pagar ad valorem del 30%, FODINFA DEL 0.5% e IVA del 12%. 

 

Recomendaciones

  • Para lograr una correcta clasificación arancelaria es necesario usar todos los instrumentos legales y de apoyo. 
  • Al momento de clasificar un producto se debe tomar en cuenta su descripción y características completas con el fin de establecerlo en la partida arancelaria correspondiente.

 

Bibliografía

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (2017)  (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

 

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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