Art. 122.- Pérdida o Destrucción Total de las Mercancías.-

Introducción:

El comercio exterior es una parte fundamental en el ecuador de las cuales se implica de muchos procedimientos que se deben de tomar en cuenta, de las cuales se puede guiar con el libro V del COPCI, donde se mencionarán temas relaciones y que se podrán salir de varias dudas que se tienen.

De las cuales en este apartado se mencionará sobre la pérdida o destrucción total de las mercancías que es un tema fuerte que a veces en circunstancias de la vida llega a suceder, pero con la ayuda del SENAE y el ECUAPASS se pueden conocer en donde mismo puede estar la mercancía.

Finalmente se puede decir que todo este proceso está bajo la potestad del Director Distrital de Aduanas, que es el que ordena a los operadores del procedimiento para que la destrucción se lleve a cabo en su totalidad, sin presentarse contrariedades, y sin causar daño al medio ambiente ya que la destrucción se la realiza con la supervisión de un gestor ambiental.

Desarrollo

Para continuar con este apartado en primera instancia se mencionará unas definiciones principales:
Mercancía: Son todos los bienes materiales físicos que se pueda comercializar en los mercados nacionales y extranjeros, en el caso ámbito extranjero se relaciona con la importación y exportación.

Destrucción Total: Es la eliminación total las mercancías como; medicinas, alimentos, químicos y otros, quedando así inutilizables y sin ningún valor comercial, sin que este llegaré afectar el medio ambiente.

Abandono: Es la acción la cual se llega a dejar sin reclamar un producto y se deja en el olvido.

Es la eliminación total las mercancías como; medicinas, alimentos, químicos y otros, quedando así inutilizables y sin ningún valor comercial.

No se puede ejecutar ordenes o procesos de otro funcionario ya que la autoridad que pueda ordenar el procedimiento, de destrucción de mercancías es solo el Director distrital de adunas, es el que puede iniciar un proceso en su jurisdicción. Las mercancías que son destruidas son las que incurren en abandono, son de prohibida importación, no cumplen con la documentación respectiva, o sus documentos son adulterados para la evasión de tributos o contrabando.

A veces sucede estas destrucciones cuando ingresa mercancía prohibida al país, donde se debe tomar medidas drásticas y una de ellas es la destrucción, como por ejemplo drogas.

La destrucción también es aplicada a mercancías en abandono o falta de documentación al momento de la importación o exportación, por la evasión de tributos al país y prefieren perder las mercancías antes que cumplir con los tributos respectivos.

Conclusiones:

Evitar abandonar las mercancías en las bodegas, para que no exista problemas con el SENAE y tener todos los papeles en claro para poder sacar la mercancía sin ningún problema.

Recomendaciones

Es importante tener todos los documentos de acompañamiento y soporte para tener con detalle todos los datos de la importación o exportación

Autor: Josselyn Achiña

 

Webgrafía:

S. ESTER (2016), Procedimiento y destrucción de mercancías, Obtenido el 06 de febrero del 2022, de http://repositorio.utmachala.edu.ec/bitstream/48000/9536/1/ECUACE-2016-CI-DE00092.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (s. f.). COPCI. Recuperado 6 de febrero de 2022, de https://www.aduana.gob.ec/gacnorm/data/CODIGO-ORGANICO-DE-LA-PRODUCCION-COMERCIO-E-INVERSIONES

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales