Introducción
El corcho aglomerado es un producto realizado a base de corcho natural que ha pasado por un proceso de triturado y prensado, está formado por pequeños fragmentos o granulados de corchos resultantes de la fabricación de corcho natural, unidos con pegamentos o aglutinantes naturales, y se trata del corcho más utilizado en el mercado, para múltiples actividades como; aislamientos y revestimientos de paredes suelos y techos, ya que es de los más baratos del mercado.
Especificación
- Material: Corcho aglomerado (del alcornoque)
- Peso: (Aprox) 3 kg
- Tamaño: (Aprox) 20x500x1000mm
Reglas Generales Interpretativas De La Nomenclatura Arancelaria
Para realizar la clasificación arancelaria de este producto , se deben aplicar las Reglas Generales de Interpretación de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, por lo que, se determinó este bajo parámetros de las siguientes Reglas Interpretativas
REGLA 2 b): (Productos mezclados y artículos compuestos) , afecta a las materias mezcladas o asociadas con otras materias y a las manufacturas
constituidas por dos o más materias. Las partidas a las que se refiere son las que mencionan una materia determinada, por ejemplo, la partida 05.07, marfil, y las que se refieren a manufacturas de una materia determinada, por ejemplo, la partida 45.03, artículos de corcho. Hay que destacar que esta Regla sólo se aplica en caso de no existir disposición en contrario en los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo
Regla 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario
Posición Arancelaria
Tomando en cuenta las características de la mercancía se identifica que el producto pertenece a;
Sección IX; Madera, carbón vegetal y manufacturas de madera; corcho y sus manufacturas; manufacturas de espartería o cestería.
Capítulo 45; Corcho y sus manufacturas.
45.04 | Corcho aglomerado (incluso con aglutinante) y manufacturas de corcho aglomerado |
4504.10.00.00 | Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos |
Notas Explicativas.
45.04 Corcho aglomerado (incluso con aglutinante) y manufacturas de corcho aglomerado.
4504.10 – Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos.
El corcho aglomerado de esta partida puede estar simplemente impregnado, principalmente con aceite, o reforzado con papel o tejido, siempre que no presente el carácter del linóleo o de los productos similares de la partida 59.04.
El corcho aglomerado conserva la mayor parte de las cualidades del corcho natural y principalmente la de ser un excelente aislante térmico o acústico.
La gama de artículos de corcho aglomerado es casi la misma que la de los productos de corcho natural enumerados en la Nota Explicativa de la partida 45.03. Sin embargo, aunque se utilice raramente para fabricar tapones, el corcho aglomerado se emplea más frecuentemente que el corcho natural para discos de fondos de cápsulas. El corcho aglomerado se emplea también ampliamente, con preferencia al corcho natural, para fabricar materiales de construcción, tales como paneles, ladrillos, baldosas y piezas moldeadas (cilindros, incluso huecos, etc.) destinándose estas últimas al aislamiento térmico, para la protección de conducciones de agua caliente o de vapor o como guarnición interna en los oleoductos para productos petrolíferos.
El corcho aglomerado puede utilizarse además como junta de dilatación en la industria de la construcción y en la fabricación de filtros.
Conclusiones
En virtud del análisis merceológico y arancelario aplicado a la información técnica investigada, se concluye que, en aplicación de las Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), las RGI 2 b) y 6 fueron una guía para clasificar correctamente el producto placa de corcho aglomerado, mismo que se ha de clasificar en la partida 45.04 - Corcho aglomerado (incluso con aglutinante) y manufacturas de corcho aglomerado, específicamente en la subpartida 4504.10.00.00 - Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y revestimientos similares de pared, de cualquier forma; cilindros macizos, incluidos los discos
Recomendaciones
Se recomienda que para clasificar correctamente productos comprendidos dentro del capítulo 45 del Arancel Nacional, es importante identificar el producto y sus características morfológicas, es decir reconocer el material principal del que está conformado el productos y cuál es su grado de fabricación para poder tener un uso correcto de las reglas generales interpretativas, lo cual es sumamente necesario para evitar confusiones a la hora de hacer la respectiva clasificación las consideraciones generales del capítulo
Referencias.
- SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Autor: Cristina Hernández
Comentarios