La legislación ecuatoriana establece sus respectivas sanciones para aquella/as personas que invadan la privacidad de sus usuarios o consumidores que den respectivo uso a instrumentos electrónicos.

Las siguientes penalidades están establecidas en el Código Penal: 

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Glosario

Transgresión: Violación de un precepto, de una ley o de un estatuto

Contravenciones: Conducta transgresora, ejecutada por una persona o un grupo de personas que ponen en peligro algún bien público o privado, o que perturban la vida en sociedad.

Conclusiones

  • La privacidad de información otorga varios beneficios que se les concede a los usuarios, pero sin lugar a dudas existirán personas que de manera maliciosa atente contra la confidencialidad de los mensajes de datos.
  • La integridad de su titular puede verse afectada por la publicación, difusión, utilización acerca de sus datos personales por parte de agresor con la finalidad de obtener lucro.    

Recomendaciones

  • Adopción de medidas rigurosas para su acceso y control sobre áreas informáticas en la empresa.
  • Revisión periódica  de obligaciones que el titular lleve, con el fin de prevenir cualquier acto delictivo.  

Fuente

Ley de comercio electrónico, firmas electrónicas y mensajes de datos

Código Penal

Autor: Soledispa Rossy

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