TEMA: PASOS PREVIOS PARA EXPORTAR BIENES CULTURALES NO PATRIMONIALES

INTRODUCCIÓN

En primer lugar, hay que saber que PATRIMONIO CULTURAL es el conjunto de bienes culturales que constituyen la expresión de una cultura o sociedad, por lo tanto se destacan por ser únicos y son dignos de ser conservados por las naciones y los pueblos para que las futuras generaciones los disfruten. Estos bienes culturales son las huellas materiales de nuestra identidad. Estos bienes están tipificados en el Art. 7 de la Ley de Patrimonio Cultural y por lo tanto no pueden ser comercializados en el exterior.

DESARROLLO

Lo que sí puede salir del país y ser comercializado, son las copias o reproducciones de productos u objetos del Patrimonio Cultural, una vez que se cumpla la normativa legal vigente. Para lo cual los productores deben:

ü  Solicitar al INPC una inspección técnica que tiene como fin autorizar la salida de estos productos para evitar la detención en puertos, aeropuertos y puestos fronterizos.

ü  La inspección técnica garantiza que los bienes de Patrimonio Cultural de la Nación no salgan del país de manera ilegal. Para mayor seguridad los técnicos del INPC colocan sobre los sistemas de embalaje cintas adhesivas y sellos holográficos de seguridad, cuando terminan la verificación de los productos culturales a ser exportados.

ü  La autorización del INPC es el único documento habilitante para la exportación de este tipo de productos y debe ser presentado como documento de acompañamiento en el trámite aduanero.

PASOS

1.- Realizar la solicitud de autorización de salida de bienes No patrimoniales en Secretaria General del INPC.

2.- Asignación de inspector Dirección de Riesgos (inspección organoléptica del objeto).

3.- Ingreso de datos del solicitante y obras del sistema informático (toma de fotografías de documento de identificación y objetos) y realización e impresión de documento de autorización.

4.- Entrega de autorización al usuario.

PASOS ADICIONALES EN EL CASO DE REALIZAR EL ENVÍO POR EXPORTA FÁCIL

1.- Ingresar y registrarse en la página http://www.exportafacil.gob.ec/

2.- Realizar la DJ (formato entregado por el INPC), en cualquier notaria a nivel nacional válida por 1 año.

3.- Presentar este documento en las oficinas del INPC, para la validación en el sistema informático.

4.- Entregar la DAS y copia de la DJ en agencias de Correos del Ecuador. (Más documentos que acompañen la exportación).

RECOMENDACIONES

Se recomienda seguir estos pasos y obtener la autorización de la salida de bienes no patrimoniales, ya que es posible que se solicite una experticia si se presume que son patrimonio cultural.

CONCLUSIONES

ü  Los usuarios no tienen justificación alguna al incumplimiento del procedimiento, debido a que pueden encontrar en el Art 7 de la Ley de Patrimonio Cultural los bienes considerados como patrimoniales.

ü  Por otro lado, se concluyó que el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural es la entidad encargada de autorizar la salida de bienes no patrimoniales y prevenir el tráfico ilícito del patrimonio cultural.

FUENTE

http://www.inpc.gob.ec/images/Descargas/portafolio/riesgos/inpc-gs-02.pdf

http://www.inpc.gob.ec/component/content/article/2-general/907

http://www.proecuador.gob.ec/

AUTORA: Lorena Jaramillo 

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