Paleta de Sombras completa- Te enseño como clasificarlas

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Producto: Paleta Sombra X15 Luster Light

INFORMACIÓN DEL PRODUCTO

La Paleta Sombra X15 Luster Light es un conjunto de sombras de ojos especialmente diseñado para realzar y embellecer la mirada. Esta paleta contiene 15 tonos lúster, que ofrecen un brillo sutil y encantador a tus ojos.

La paleta de sombras X15 Luster Light se fabrica utilizando una combinación de ingredientes y materiales de alta calidad. Los componentes principales incluyen pigmentos cosméticos, minerales micronizados y polvos prensados para lograr una textura sedosa y una aplicación suave. Además, se emplean materiales duraderos y seguros en el envase de la paleta, como plásticos libres de BPA y materiales reciclables para minimizar el impacto ambiental. Todo el proceso de fabricación se realiza siguiendo estrictos estándares de calidad y regulaciones de seguridad, asegurando que la paleta cumpla con los requisitos para su uso cosmético seguro y efectivo.

REGLAS DE CLASIFICACIÓN

Primera Regla General: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”

  • La partida 33.04 comprende: Preparaciones de belleza, maquillaje y para el cuidado de la piel, excepto los medicamentos, incluidas las preparaciones antisolares y las bronceadoras; preparaciones para manicuras o pedicuros.

Sexta Regla General: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así

subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

La partida 33.04 se encuentra desagregada en varias subpartidas principales.

3304.10.00.00 - Preparaciones para el maquillaje de los labios

3304.20.00.00 - Preparaciones para el maquillaje de los ojos

3304.30.00.00 - Preparaciones para manicuras o pedicuros

- Las demás

3304.91.00.00 - - Polvos, incluidos los compactos

3304.99.00 - - Las demás:

3304.99.00.10 - - - Preparaciones de belleza presentadas en gel inyectable, que contengan ácido hialurónico.

3304.99.00.90 - - - Los demás

Por lo que aplicando las Reglas Generales para la interpretación 1° Y 6°de acuerdo con la información proporcionada, a la “Paleta Sombra X15 Luster Light” le corresponde clasificarse en la subpartida nacional 3304.20.00.00.

NOTAS EXPLICATIVAS

El producto "Paleta Sombra X15 Luster Light" puede ser clasificado en la partida 3304.20.00.00 del arancel aduanero, que se refiere a "Preparaciones para el maquillaje de los ojos". La clasificación en esta partida se fundamenta en las siguientes razones:

Uso específico: La "Paleta Sombra X15 Luster Light" está diseñada y comercializada específicamente como un conjunto de sombras de ojos, destinado para el maquillaje de los ojos, lo que coincide con la descripción de las preparaciones en la partida 3304.20.

Presentación en paleta: El producto se presenta en una paleta que contiene 15 tonos de sombras de ojos. Esta presentación en paleta es característica de las preparaciones para el maquillaje de los ojos, tal como se describe en la partida arancelaria.

Naturaleza cosmética: La "Paleta Sombra X15 Luster Light" está formulada con pigmentos cosméticos y materiales específicos para resaltar y embellecer los ojos. Su función principal es mejorar el aspecto estético de los ojos, lo cual concuerda con el propósito de las preparaciones para el maquillaje de los ojos.

3304.10.00.00: Esta subpartida se refiere a "Preparaciones para maquillaje de los labios", lo cual no es aplicable al producto en cuestión, ya que se trata de sombras de ojos y no productos para labios.

3304.30.00.00: Esta subpartida se refiere a "Preparaciones para el maquillaje de las cejas", lo cual también es inaplicable al producto, ya que no se trata de productos destinados al maquillaje de cejas.

3304.91.00.00 / 3304.99.00.00: Estas subpartidas corresponden a otras preparaciones para maquillaje y belleza facial, como los polvos para maquillaje, coloretes, y productos similares. Sin embargo, la "Paleta Sombra X15 Luster Light" se enfoca exclusivamente en sombras de ojos, por lo que no entra en la categoría de estas subpartidas.

CRITERIO ARANCELARIO

SECCIÓN VI - PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS

CAPÍTULO 33 – Aceites esenciales y resinoides; preparaciones de perfumería, de tocador o de cosmética

PARTIDA 33.04 – Preparaciones de belleza, maquillaje y para el cuidado de la piel, excepto los medicamentos, incluidas las preparaciones antisolares y las bronceadoras; preparaciones para manicuras o pedicuros.

SUBPARTIDA 3304.20.00.00 - Preparaciones para el maquillaje de los ojos

INFORMACIÓN ARANCELARIA

CODIGO DE TRIBUTO

VALOR DE TRIBUTO

IVA

12%

FODINFA

0.5%

ADVALOREM

20%

 

  • El resto de los tributos tendrán un valor de 0, para el entendimiento de la mercancía mencionada en este artículo.

INFORMACIÓN NO ARANCELARIA

  • Prohibida importación de Corea del Norte.
  • Requiere de la presentación de Registro sanitario emitido por AGENCIA NACIONAL DE REGULACION, CONTROL Y VIGILANCIA SANITARIA.

CONCLUSIONES

Como consecuencia, el producto denominado comercialmente como “Paleta Sombra X15 Luster Light”, se procede a clasificar en la subpartida nacional 3304.20.00.00 del Arancel de Aduana, en base a los criterios expuestos en este artículo de clasificación arancelaria.

RECOMENDACIONES

Para lograr una correcta categorización, es importante considerar el material utilizado en la fabricación del artículo, así como las notas explicativas. En este caso particular, el producto en cuestión tiene características y una utilidad en común por la cual podemos determinar su subpartida, y se encuentra en la partida 33.04 del sistema de clasificación. En caso de no cumplir con estos criterios, se recomienda revisar minuciosamente todas las partes y materiales empleados en la elaboración del producto.

FUENTES

Resolución No. 020-2017. (2017). Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Mesa de servicios de la aduana del Ecuador para la consulta de aranceles: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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