Introducción
Las operaciones aduaneras se establecen y regulan en el COPCI, y demás normas las dictan la SENAE.
Comenzaremos a hablar sobre el cruce de frontera aduanera que es el ingreso o salida de personas, mercancías o medios de transporte del territorio nacional, esto estará habilitado de acuerdo al Director General de la SENAE.
DESARROLLO
También tenemos la recepción del medio de transporte, la carga y descarga con su respectivo manifiesto de carga. Ahora las unidades de carga están sujetas al control aduanero, no son consideradas como mercancía como tal.
También en este apartado voy a mencionar los derechos del propietario.
Antes de presentar la declaración, el propietario previa autorización del servidor a carga de la dirección distrital y bajo su responsabilidad, podrá efectuar el reconocimiento de sus mercancías para verificar la exactitud de la mercancía.
Existen ciertas responsabilidades durante el depóstio de mercancías:
Las responsabilidades de las personas autorizadas para el funcionamiento de las bodegas destinadas a depósito temporal y depósito aduanero, son las siguientes:
1.-Idemnizar al dueño de la carga por los daños soportados por la destrucción o pérdida de la mercancía.
2.- Pagar al Estado los tributos correspondientes de la mercancía que haya sufrido hurto o robo.
Es responsabilidad del dueño, de las mercancías indemnizar por los daños en las bodegas por la naturaleza o peligro de sus mercancías.
Conclusión
Las operaciones aduaneras son varias las que están sujetas las personas que están relacionadas con el comercio exterior, el cual cuentan con sus respectivas restricciones y sanciones.
Recomendación
Es necesario estar actualizándose e informándose todo en el comercio exterior, ya sea para conocer la clasificación arancelaria, y los respectivos abandonos con sus plazos para obviamente no caer en ellos.
Bibliografía
https://www.correosdelecuador.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2018/11/COPCI.pdf
Autor:
Romina Arízaga
Comentarios