Quieres tener una cocción mas rápida, Obtén tu Olla de Presión, Vamos a clasificara
  1. Descripción del Producto

Las ollas a presión, están preparadas para mantener una presión mayor que la presión atmosférica, lo que permite que la temperatura de ebullición del agua sea superior a 100ºC, pudiendo llegar a 110ºC o 120ºC según el modelo de la olla a presión. De este modo, al ser la temperatura de ebullición del agua mayor que a presión atmosférica, los alimentos que se cocinen en ella requerirán un tiempo de cocción muy inferior.

Aluminio – Superficie antiadherente, se caliente rápidamente, es ligera y fácil de limpiar (Su vida útil es corta).

  1. Análisis arancelario de la mercancía

            La clasificación arancelaria del producto descrito anteriormente en el presente informe se fundamenta y se ubica en la siguiente sección y capitulo dando conocer así mismo las siguientes Reglas Generales para la Interpretación de la Nomenclatura Arancelaria.

  • Sección XV: Metales comunes y manufacturas de estos metales
  • Capítulo 76:Aluminio y sus manufacturas.

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS

Para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de partida, se toma en consideración las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado:

RGI 1: Los títulos de las secciones, capítulos y los subcapítulos, solo tendrán valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección o capítulos y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes

Se considera la aplicación de la Regla General Interpretativa 1 , ya que el artículo tiene un valor indicativo ya que su clasificación esta determinada legalmente por los textos de partida y de las notas de sección

RG 3: b) los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la  venta al  por  menor,  cuya clasificación no  pueda efectuarse aplicando la  regla  3  a),  se  clasifican según la  materia  o  con  el  artículo que  les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo;

RG6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario

Se considera la Regla General Interpretativa 6 para la determinación de la clasificación arancelaria a nivel de subpartida 

De esta forma, la partida que se toma en consideración es: 

  • 76.15. ARTÍCULOS DE USO DOMÉSTICO, HIGIENE O TOCADOR Y SUS PARTES, DE ALUMINIO; ESPONJAS, ESTROPAJOS, GUANTES Y ARTÍCULOS SIMILARES PARA FREGAR, LUSTRAR O USOS ANÁLOGOS, DE ALUMINIO. (Sección XV - Capítulo 76)

En virtud de lo analizado, se examinará la subpartidas arancelarias comprendidas dentro de la partida “76.15”

76.15

ARTÍCULOS DE USO DOMÉSTICO, HIGIENE O TOCADOR Y SUS PARTES, DE ALUMINIO; ESPONJAS, ESTROPAJOS, GUANTES Y ARTÍCULOS SIMILARES PARA FREGAR, LUSTRAR O USOS ANÁLOGOS, DE ALUMINIO.

7615.10.10.00

-- Ollas de presión .

Texto de subpartida

7615.10.10.00

-- Ollas de presión .

NOTAS EXPLICATIVAS:

N.E. Pág. 847- , Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado

Partida 76.15:

Esta partida se refiere a los mismos artículos que los de metales férreos de las partidas 73.23 y 73.24 (véanse las Notas Explicativas correspondientes) y en particular a los utensilios de cocina y a los artículos de higiene o de tocador. Además se clasifican aquí los hornillos y demás aparatos de cocción o calentamiento de los tipos descritos en la Nota Explicativa de la partida 74.18.

Se excluyen de esta partida:

  1. Los bidones, cajas y recipientes similares de la partida 76.12.
  2. Los artículos de economía doméstica que tengan el carácter de herramientas (Capítulo 82) (véase la Nota Explicativa de la partida 73.23).
  3. Las cucharas, cucharones, tenedores y demás artículos de las partidas 82.11 a 82.15, inclusive.
  4. Los artículos que tengan el carácter de objetos de adorno (partida 83.06).
  5. Los calienta baños, calentadores de agua y demás aparatos de la partida 84.19.
  6. Los aparatos eléctricos de uso doméstico del Capítulo 85 y, en especial, los de las partidas 85.09 y 85.16.
  7. Los artículos del Capítulo 94.
  8. Los encendedores y mecheros (partida 96.13).
  9. Los termos y demás recipientes isotérmicos (partida 96.17)

GRAVÁMENES VIGENTES

  • Unidad de Medida: Unidad
  • Arancel: 30%
  • IVA: 12%
  • FODINFA: 0.5%

 

CONCLUSIÓN

En virtud del análisis y la composición de una olla de presión se logró realizar la clasificación arancelaria y con ello se llegó a la conclusión que  se clasifican en la subpartida 7615.10.10.00, así también podemos observar que este producto  cuenta con un arancel advalorem del 30 %, y esta información es de gran importancia para el importador ya que puede analizar la cantidad que vaya importar , aquí también se incluyen los impuestos nacionales como es el IVA y al FODINFA, para la clasificación arancelaria del producto se empleó las Reglas Generales Interpretativas 1, 3b y 6, y para su correcta clasificación se empleó las notas explicativas de sección, de capitulo.

RECOMEDACIONES

Es importante que se realice un proceso adecuado clasificación arancelaria del producto puesto que con una buena clasificación se evite posibles multas y la agilización de los procesos aduaneros. También es necesario consultar en el arancel del ecuador, para poder consultar con rapidez y facilidad los tributos fijos a pagar correspondientes a cada producto con su subpartida, así como también sus restricciones y prohibiciones, siempre tomando en cuenta la vigencia de las resoluciones. 

Referencias

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, Arancel del Ecuador, Pag. 270-271. (Ecuador, 2017)

SENAE browser. Adm. De nomenclatura y características de mercancías. Fecha de recuperación: 13-11-2022: https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

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