OBSERVACIÓN ECUAPASS

Para todos los operadores de comercio exterior deberán mantenerse habilitados en el SICE Y EL ECUPASS, los operadores que no tengan un código de usuarios en el SICE o que deseen registrarse como un nuevo operador antes de proceder al registro en el Ecuapass, deberán primero obtener un código de tipo de operador de comercio exterior en EL SICE.
REQUISITOS:
• Código “importador, exportador”,: registrar los datos en la aduana, llenar la solicitud de concesión, recibida la solicitud se acepta el registro.
• Operadores que deseen obtener un código en el SICE: ingresar a la secretaria de la SENAE indicando la actividad que realiza, cumplir con los requisitos, asignar un código de Operador.
Obtenido el código en el SICE, la empresa podrá registrarse en el ECUAPASS, todos los trámites relacionados con el comercio exterior deberán hacerse primero en el SICE, hasta que se implementen la segunda fase del ECUAPASS.

INTEGRANTES:
FAICAN ANDREA
HERRERA LAURA

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