INTRODUCCIÓN
Según el Art. 17 de la LEY DE COMERCIO ELECTRONICO, FIRMAS Y MENSAJES DE DATOS que habla sobre las Obligaciones del titular de la firma electrónica existen requisitos que se deben tomar en cuenta la persona que hará uso de una firma electrónica los que podemos analizar a continuación:
- Que el titular cumpla con las obligaciones de uso de la firma electrónica
- Tomar medidas de seguridad necesarias para asi mantener la firma electrónica bajo su escrito control y evitar la utilización no autorizada
- Notificar por cualquier medio a las personas vinculadas cuando haya riesgo de que su firma sea controlada por terceros no autorizados
- Verificar la exactitud de sus declaraciones
- Responder por las obligaciones derivadas dl uso no autorizado de su firma
- Notificar la entidad de certificación de información de los riesgo sobre la firma y solicitar oportunamente la cancelación e los certificados
DESARROLLO
Los usuarios de firma electrónica al momento que están solicitando el uso de la misma, se rigen a parámetros claramente especificados en la LEY DE COMERCIO ELECTRÓNICO, FIRMAS Y MENSAJES DATOS sobre las obligaciones obtenidas que deberían cumplir como titulares de la firma desde el momento en que hacen su solicitud de uso, conociendo además que al tener un sustento legal el no cumplimiento de las mismas podrían generarle algún conflicto.
CONCLUSIONES
Solicitando el uso de las firma electrónica, se debe saber de las obligaciones que se le asignan por el uso de la misma, con el de adoptar la responsabilidad de proteger su información y tener presente todos los riesgos que implica la utilización de una firma electrónica.
RECOMENDACIONES
Conocer las obligaciones de todos los usuarios que tengan una firma electrónica es responsabilidad de cada uno ya que incumplir con estos parámetros generara conflictos con las entidades certificadoras por el uso indebido de la firma electrónica.
AUTOR: ABIGAIL SANCHEZ
FUENTE : LEY DE COMERCIO ELECTRONICO
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