Se comunica a los Operadores de Comercio Exterior y sus proveedores de Software, que a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución No. 0096 de la Gerencia General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, el campo de fecha estimada de embarque fech_embar del archivo dauhdr01 perteneciente al formato daudat será obligatorio cuando se transmita una Orden de Embarque (Cód. 15), teniendo presente que la fecha de embarque deberá estar dentro de las fechas de inicio y de fin de vigencia de la Orden de Embarque, inclusive. Para el caso de embarques parciales se deberá colocar la fecha estimada del primer embarque.
La fecha de implementación se publicará durante el transcurso de la proxima semana, a fin de que se coordine con sus proveedores de software los cambios necesarios en sus sistemas.
Fuente: Boletines Aduana
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