La Senae emitió una resolución que permitirá, entre otros temas, solo la importación de bebidas alcohólicas cuya etiqueta y rotulado hayan sido impresas y fijadas por el fabricante de origen.
La nueva regulación que en los próximos días se publicara en el Registro Oficial, obedece al control y lucha contra el contrabando. Los comerciantes deberán tener en cuenta que se podrán comercializar botellas alcohólicas que no cumplan con el nuevo requisito de etiquetado,solo hasta 4 meses depues de haberse publicado la norma en el Registro Oficial, posterior a este periodo toda botella que infrinja la norma será decomisada.
Entre otros temas de la resolución se encuentran, en el artículo 1: las botellas alcohólicas importadas como efecto personal no podrán ser comercializadas o destinadas a consumo en eventos sociales de concurrencia masiva. En el artículo 3: se aplica la misma normativa de etiquetado y rotulado a las botellas que se descorchen en los diferentes negocios que lo permitan. La resolución ya se encuantra publicada en el sitio wed de la SENAE
Comentario: la resolución es una medida severa para la importación de bebidas alcohólicas, pues la regulación intenta eliminar, no solo, el contrabando sino también el tráfico de licor adulterado, y el uso posterior de los envases de bebidas alcohólicas para su rrellenado, la resolución tendrá éxito siempre y cuando el control sea tan riguroso como la medida en sí.
Realizado por: Carlos Tapia
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