En la actualidad el contexto económico ha influenciado a que muchas personas emprendan en la importación de productos cosméticos, puesto que puede convertirse en un negocio muy lucrativo. Se ha visto que en países de Latinoamérica, España e incluso Estados Unidos han incrementado la demanda de este tipo de productos, pero ¿Cómo se explica dicho acontecimiento? Pues bien, el 2020 sin lugar a duda nos obligó a adaptarnos a una nueva normalidad, incluyendo nuevas formas de trabajar y mantener reuniones, razones para estar más presentables y por tanto el consumo de productos cosméticos y de cuidado personal creció.

Sin embargo, es imprescindible tener en cuenta que para llevar a cabo el proceso de importación se requiere de una serie de elementos, tales como:

  1. ¿Cómo encontrar un buen proveedor?
  2. Normas de seguridad y etiquetado
  3. Conocer ¿Dónde y cómo vender este tipo de productos?

 

Aquí, se abordará específicamente de la normativa sanitaria y etiquetado; puesto que los productos cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal para su importación, comercialización y expendio dentro de los países que conforman la Comunidad Andina requerirán de la Notificación Sanitaria Obligatoria-NSO presentada ante la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria - ARCSA.

 

Los lineamientos para la notificación sanitaria obligatoria de productos cosméticos serán aquellos establecidos en la Decisión 516 de la Comunidad Andina, armonización de legislaciones en materia de productos cosméticos, sus reformas y demás normativa aplicable. Se exceptúan del cumplimiento de dichas normativas: Las muestras sin valor comercial y productos donados en casos de emergencia.

Procedimiento para la Notificación Sanitaria Obligatoria:

  1. El solicitante deberá presentar el Formato Único FNSOC-001 (Resolución CAN 1333) para productos cosméticos o el Formato FNSOHA-001 (Resolución CAN 1370) para productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal.
  2. Ingresa a la Ventanilla Única Ecuatoriana - VUE, de acuerdo al instructivo del ARCSA.
  3. Luego de consignada la solicitud toda la información correspondiente, la ARCSA, revisará que esté acompañada de los requisitos exigidos en el Art. 7 de la Decisión 516 vigente para productos cosméticos o en el Art. 7 de la Decisión 706 vigente para productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal.
  4. El sistema emitirá la orden de pago.
  5. El solicitante dispondrá de diez (10) días plazo para realizar la cancelación del importe de derecho económico (tasa) correspondiente.
  6. La ARCSA asignará un código de identificación para efectos del etiquetado y de la vigilancia y control sanitario en el mercado, dicho código de identificación servirá para el reconocimiento por parte de los demás Países Miembros de la Comunidad Andina. Además, el código de identificación para productos cosméticos, productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal, el cual deberá ser impreso de forma directa por el interesado, accediendo al sistema informático establecido por la Agencia.

Para concluir, es preciso conocer que la mencionada Notificación Sanitaria Obligatoria del producto a importarse contará con la vigencia establecida en las Decisiones Andinas y sus reformas, según el caso, mismas que podrá renovarse por periodos iguales, a través del Sistema de Ventanilla única Ecuatoriana VUE. Para esto, el titular de la NSO, previo a la expiración del plazo de vigencia, deberá presentar su solicitud de renovación en la que declarará, bajo juramento, que el producto seguirá siendo comercializado con las especificaciones vigentes.

Referencias Bibliográficas:

  • Resolución 6 de 2018.  [Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria]. Por la cual se establece la Normativa Sanitaria para Productos Cosméticos, Productos de Higiene. 19 de Noviembre de 2018.
  • DECISIÓN 516 [Comunidad Andina de Naciones]. Armonización de Legislaciones en materia de Productos Cosméticos. 

Autora:

Diana Carolina Gualotuña Briceño

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