Introducción:
Mediante el boletín 99-2019, SENAE informa a los Operadores de Comercio Exterior que:
El Ministerio de Patrimonio y Cultura, mediante Acuerdo Ministerial No. DM-2019-147 expidió la “Norma Técnica que regula la exención de tributos al comercio exterior de bienes para uso artístico y cultural”
Desarrollo:
Las disposiciones contenidas en el mencionado acuerdo serán aplicables para los casos de importación de bienes para uso artístico y cultural, exclusivamente realizados por personas naturales o jurídicas que estén inscritas en el Registro Único de Artistas y Gestores Culturales o que formen parte del Sistema Nacional de Cultura.
Cabe destacar que el artículo 5 del citado acuerdo establece las partidas arancelarias de los bienes para uso artístico o cultural que podrán aplicar a la exención de tributos al comercio exterior.
Los interesados en obtener la autorización para la aplicación de la exención de tributos al comercio exterior que contendrá el dictamen favorable de la Subsecretaría de Emprendimientos, Artes e Innovación, deberán realizar el trámite correspondiente de acuerdo al procedimiento señalado en el acuerdo ministerial.
Conclusiones:
- Tanto para SENAE, como para el Ministerio de Patrimonio y Cultura, es importante fomentar el esparcimiento de la cultura y el arte en la sociedad ecuatoriana, y como tal, han propuesto esta Norma Técnica. Cuyo fin es dar facilidades para la importación de este tipo de bienes.
Recomendaciones:
- Revisar la Norma Técnica referida, ya que la misma establece a las personas (naturales/jurídicas) que pueden hacerse acreedores, y acogerse a los beneficios que en ella se detallan.
Fuentes:
- https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2019/09/Acuerdo-No-DM-2019-147.pdf
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