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Conclusiones: 

  • Las donaciones extranjeras exentas del pago de tributos podrán recibir las empresas publicas o privadas sin fines de lucro, y que estén destinadas a cubrir diferentes servicios.
  • Las empresas privadas deberán registrarse y calificarse ante el MIES antes de la importación.
  • Las instituciones beneficiadas deberán contar con los documentos necesarios que constituyan un soporte de este proceso, a su vez contarán con la ayuda de un Agente de Aduana para que facilite la transmisión de la DAI respectiva.

                                                                       

Autor: Karina Tipanta

Fuente: www.aduana.gob.ec

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