Conclusiones:
- Las donaciones extranjeras exentas del pago de tributos podrán recibir las empresas publicas o privadas sin fines de lucro, y que estén destinadas a cubrir diferentes servicios.
- Las empresas privadas deberán registrarse y calificarse ante el MIES antes de la importación.
- Las instituciones beneficiadas deberán contar con los documentos necesarios que constituyan un soporte de este proceso, a su vez contarán con la ayuda de un Agente de Aduana para que facilite la transmisión de la DAI respectiva.
Autor: Karina Tipanta
Fuente: www.aduana.gob.ec
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