El valor de transacción de las mercancías idénticas se calcula de la misma manera con respecto a cualquier mercancías, pero para que se considere mercancías idénticas debe tener los siguientes criterios:

- Deben ser iguales en todos los aspectos, es decir en sus características físicas, su calidad y prestigio comercial

Que las haya producido el mismo país que las mercancías objeto de valoración

-Que las haya producido el mismo productor de las mercancías objeto de valoración.

Para que pueda aplicarse este método, las mercancías deben haberse vendido al mismo país de importación que las mercancías objeto de valoración. Deben también haberse exportado en el mismo momento que las mercancías objeto de valoración, o en un momento aproximado.

En caso de no cumpliese se pasara a:

          

VENTA MISMO NIVEL COMERCIAL

    DIFERENTES CANTIDADES

VENTA DIFERENTE NIVEL COMERCIAL

CANTIDADES IGUALES

 VENTA DIFERENTE NIVEL COMERCIAL       

DIFERENTES CANTIDADES

Para poder tomar un precio referencial de la mercancía siempre debe ser el valor menor de las mercancías es decir el valor (piso) con las que se van a comparar.

Existen algunas excepciones
- Cuando no existan mercancías idénticas producidas por la misma persona en el mismo país de producción de las mercancías objeto de valoración.
- Las pequeñas diferencias de aspecto no impedirán que se consideren como idénticas las mercancías que en todo lo demás se ajusten a la definición.

CASOS EN QUE LA ADUANA TENGA MOTIVOS PARA DUDAR DE LA VERACIDAD DEL VALOR DECLARADO.

El valor en aduana basado en el método del valor de transacción depende en gran medida de los documentos presentados por el importador. En el artículo 17 del Acuerdo se confirma el derecho de las administraciones de aduanas a “comprobar la veracidad o la exactitud de toda información, documento o declaración”. 

Si, una vez recibida la información complementaria, la administración de aduanas tiene aún dudas razonables (o si no obtiene respuesta), podrá decidir que el valor en aduana de las mercancías importadas no puede determinarse con arreglo al método del valor de transacción antes de adoptar una decisión definitiva, la administración de aduanas debe comunicar sus motivos de duda al importador

COMENTARIO:

Es importante saber cada mecanismo que se vaya a implemtentar con respecto a nuestra mercancía, ya que segun este se procedera al pago de los tributos al comercio exterio al igual se debe analizar cada uno de los diferentes metodos para así podernos dar cuenta de que mètodo es el mejor para aplicar a una mercancia.

Fuente: aduana del ecuador

Autor: Joselyn Meza

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales