Este tipo de mercancía son las que acompañan al pasajero o al grupo familiar, siempre y cuando tanto por su valor y cantidad no sean objeto a comercializarse, de igual forma su nacionalización  sea exenta del pago de tributos al comercio exterior, recargos arancelarios, licencias, permisos y registros de importación.

Por otra parte, si el viajero tiene menos de 18 años e ingrese mercancías tributables, el representante legal será el responsable de pagar los respectivos tributos.

Se considera como efectos personales de viajeros que retornan al país por vía aérea, los siguientes bienes, el cual pueden ser nuevos o usados:

  • Joyas, bisutería, adornos personales y del hogar.
  • Elementos de aseo personal.
  • Prendas de vestir
  • Artículos de tocador.
  • Libros, revistas, material fotográfico y documentos impresos.
  • Los instrumentos, equipos y herramientas portátiles, propias de la profesión u oficio del pasajero.
  • Máximo 1 herramienta portátil de uso doméstico en el caso de que no sea propia de la profesión.
  • Alimentos procesados, debidamente sellados o empacados al vacío.
  • Aparatos de medición de presión arterial, de temperatura u de glucosa, máximo 2 por persona.
  • Entre otros.

También se consideran como efectos personales hasta 1 unidad nueva y usada de los siguientes bienes:

  • Cámara fotográfica.
  • Teléfono satelital.
  • Computador portátil.
  • Calculadora electrónica.
  • Teléfono celular.
  • Agenda electrónica.
  • Entre otros.

Sin embargo, en el caso si se le encontrase en el poder de una persona (pasajero) más unidades de las permitidas anteriormente, se las considera bienes tributables, de tal manera que su valor se convertirá en la base imponible para la aplicación de los respectivos tributos al comercio exterior.

 

Conclusión

Finalmente, la importación de efectos personales de viajeros facilita al traslado de mercancías que usualmente los viajeros usan en su día a día, lo cual les permite legalizar dichos bienes cuando ingresan al país. Asimismo, se benefician si importan bienes nuevos la cual serán exentas de tributos siempre y cuando cumplan con los lineamientos de la autoridad aduanera.   

Recomendaciones

Se recomienda no sobrepasar las normas y reglamentos establecidos por la autoridad aduanera y los viajeros deben informarse si quieren ingresar mercancías nuevas al país.

 

Referencias

El Universo. (12 de Noviembre de 2021). ¿Qué artículos puede un viajero ingresar por vía aérea en Ecuador? Ecuador. Obtenido de https://www.eluniverso.com/noticias/ecuador/que-articulos-puede-un-viajero-ingresar-por-via-aerea-en-ecuador-nota/

Importaciones Ecuador. (Junio de 2021). Obtenido de Importaciones Ecuador web site : https://www.importacionesecuador.com.ec/despacho-aduanero/importacion-de-efectos-personales-de-viajeros/

SENAE . (2021). Obtenido de Aduana del Ecuador web site : https://www.aduana.gob.ec/conozca-la-lista-de-efectos-personales-del-viajero/

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