Introducción:
La presente pandemia provocada por un Coronavirus ha afectado en gran medida a los principales sectores productivos del país y del mundo, es así que a principios de año se realizaron varias acciones a nivel global, como el cierre de fronteras, despido de empleados y la sobreoferta de productos. Basados en esto y como medida para contrarrestar sus efectos y garantizar el comercio internacional el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador adoptó varias medidas que serán aplicadas durante el presente estado de emergencia para facilitar las operaciones comerciales y su proceso documental.

Desarrollo:


1. El SENAE está operando con normalidad

  • Tanto para importación como para exportación, bajo la modalidad 100% en línea, a través de las siguientes vías:
    • Plataforma tecnológica Ecuapass (ecuapass.aduana.gob.ec)
    • 1800-ADUANA (238262)
    • Correo electrónico: mesadeservicios@aduana.gob.ec
    Está suspendida la atención al usuario en forma presencial.

2. En cuanto a aforo físico
• Para inspecciones físicas de perecibles en zonas primarias y para carga perecible con canal de control aforo físico, se implementa un plan de excepcionalidad, mediante el cual el importador y/o su agente de aduana, al recibir un mail directo del Director Distrital de la zona, suscribirá un anexo que permite realizar el aforo físico sin su presencia.
• Para carga considerada como de necesidad nacional y que tenga canal de aforo físico, se aplicará esta misma fórmula. En cuanto al resto de carga, estará en espera de la reanudación del servicio de Atención al Usuario. Estas cargas tendrán prioridad de inspección en dicho momento.


3. Para cargas con salida autorizada
Pueden salir, tal como lo plantea el Acuerdo No. 011-2020 del Ministro de Transporte y Obras Públicas, que en el artículo 3 señala: (…) “se incluyen en esta disposición a los vehículos que transporten productos desde los puertos hacia las bodegas de destino final”.

4. Garantizas físicas
• Mediante Resolución SENAE-SENAE-2020-0017-RE de 17 de marzo de 2020, en el artículo 3, se señala que usted podrá presentar su garantía por correo electrónico a la mesa de servicio del SENAE, en la dirección electrónica mesadeservicios@aduana.gob.ec, con el asunto “Garantías Aduaneras”. La entrega física de las referidas garantías deberá ser realizada entre los días 6 y 10 de abril de 2020.
• Hemos mantenido el día de hoy conversaciones con las aseguradoras que agrupan más del 80% de las garantías que se presentan a SENAE, las mismas que tienen todos los medios para otorgar garantías vía teletrabajo y nos enviarán la confirmación electrónica de las garantías que se otorguen a favor del SENAE.

5. Exportaciones
Las exportaciones son prioridad del SENAE y están siendo atendidas en su totalidad.

6. Facilidades de las navieras:
El SENAE ha mantenido conversaciones con navieras para trasladar la preocupación de nuestros usuarios. Si bien las navieras son parte del sector privado, existe apertura de un buen número de éstas, para flexibilizar y facilitar procesos, como: permitir documentos escaneados, autorización de salidas electrónicas vía correo, impresión de BL en las oficinas del cliente, pagos mediante transferencia y liberación de carga solo con comprobante de transferencia.
Seguiremos informando al respecto.

7. Reclamos administrativos, pruebas dentro del proceso sancionatorio
Mediante Resolución SENAE-SENAE-2020-0017-RE se suspendió desde el 17 de marzo hasta el 3 de abril de 2020 inclusive, el decurso de los siguientes términos o plazos:

• Los de presentación de impugnaciones y recursos administrativos por parte del operador de comercio.
• Los de abandono tácito y/o definitivo de mercancías.
• Los de caducidad y prescripción de todo tipo de acciones administrativas que sean competencia de SENAE.
• Los de todos los procedimientos administrativos, incluido los sancionatorios, que tengan a su cargo el SENAE.
• Los de autorización o prórroga de un régimen aduanero, en los casos que se encuentren vigentes a la fecha de la suscripción de la presente resolución.
En cuanto a las pruebas dentro de reclamos administrativos, mediante Resolución SENAE-SENAE-2020-0016-RE se suspendió del 17 al 31 de marzode 2020 inclusive, todos los plazos y términos de todos los procesos administrativos tributarios sustanciados por el SENAE y los plazos de prescripción de las acciones de cobro desde el día 17 hasta el 31 de marzo, inclusive.

8. Solicitud de donación
Toda solicitud, de todo tipo (donación, facilidades de pago, devolución de garantías, inspecciones de transferencias de dominio de vehículos, levantamiento de medidas cautelares, prórrogas, levantamiento de abandono, entre otras), distintas a las que deben realizarse por la plataforma ECUAPASS, se deberá remitir al correo electrónico mesadeservicios@aduana.gob.ec, con el asunto: “Solicitud otros”.

9. Documentos de control previo físicos
Los Documentos de Control que no se encuentren disponibles en la Ventanilla Única Ecuatoriana se deberán remitir al correo electrónico mesadeservicios@aduana.gob.ec, con el asunto “DCP”. Los documentos para control previo deberán presentarse en físico entre los días 6 y 10 de abril de 2020.

10. Nacionalización de carga ingresada al país a un régimen precedente
Se puede realizar, todos los trámites de importación están habilitados

11. Acceder a Despacho Garantizado por poca liquidez 
El Despacho con pago garantizado permite al importador obtener el levante de las mercancías y cancelar los tributos cinco días después.
Los requisitos según el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (COPCI) son:
a) Estar registrado como Importador en el Ecuapass.
b) Ser Contribuyente Especial según SRI
c) Registrar importaciones a consumo con valor promedio anual de mercancías de los últimos 3 años de 500.000 dólares.
La solicitud se presenta por el correo mesadeservicios@aduana.gob.ec y, si es aprobada, debe constituir la garantía por el 120% de los tributos que proyectan liquidar mensualmente.

Conclusión:
Las medidas adoptadas por la Aduana se realizan con el fin de que las exportaciones (su objetivo fundamental) no se vean muy afectadas por la pandemia del Covid-19, además de facilitar el proceso documental de las importaciones. De esta manera se espera dinamizar el comercio internacional, garantizar el trabajo y sostener la economía.

Recomendación:
Se recomienda que los Operadores de Comercio Exterior se mantengan al tanto de los boletines, información y resoluciones emitidas por el SENAE, de esta forma se garantiza que tanto las exportaciones como importaciones a nuestro país se realicen de forma rápida y segura.

Fuente:
Servicio Nacional de Aduana del Ecuador: Boletines. Dirección General. https://www.aduana.gob.ec/boletines/senae-al-dia/

Autor:
Velasco Caiza Yesenia
 

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