¡Sumérgete en la Magia Frutal de esta Navidad! Descubre una nueva dimensión de decoración con frutas artificiales que transformarán tu hogar en un festín visual. Estas piezas vibrantes y realistas son la sensación de la temporada, añadiendo un toque único a tus celebraciones. Pero, ¿cuál es el secreto detrás de su clasificación arancelaria? Prepárate para desvelar el enigma y conocer cómo este detalle puede influir en su presencia en el mercado. 

12327736861?profile=RESIZE_710x

La anticipación crece mientras exploramos el fascinante mundo de estas decoraciones frutales. Más allá de su apariencia encantadora, la clasificación arancelaria jugará un papel crucial en su disponibilidad y precio. ¿Qué sorpresas nos depara este descubrimiento? Sigue con nosotros para desentrañar el misterio y hacer de esta Navidad una experiencia aún más mágica y decorativa. ¡La cuenta regresiva ha comenzado para revelar los secretos de las frutas artificiales que conquistarán tu temporada festiva!

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA

Para determinar la clasificación arancelaria del producto es necesario la utilización de las siguiente Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura arancelaria ya que esta es aplicada siempre.

RGI N°1: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.

RGI N°6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.

NOTAS EXPLICATIVAS

CAPÍTULO 67 - PLUMAS Y PLUMÓN PREPARADOS Y ARTÍCULOS DE PLUMAS O PLUMÓN; FLORES ARTIFICIALES; MANUFACTURAS DE CABELLO

 Este Capítulo no comprende:

  • los capachos de cabello (partida 59.11); 
  • los motivos florales de encaje, bordados u otros tejidos (Sección XI); 
  • el calzado (Capítulo 64); 
  • los sombreros y demás tocados y las redecillas para el cabello (Capítulo 65); 
  • los juguetes, artefactos deportivos y artículos para fiestas (carnaval) (Capítulo 95); 
  • los plumeros, borlas y similares para la aplicación de polvos y los cedazos de cabello (Capítulo 96). 

67.02 - FLORES, FOLLAJE Y FRUTOS ARTIFICIALES, Y SUS PARTES; ARTÍCULOS CONFECCIONADOS CON FLORES, FOLLAJE O FRUTOS ARTIFICIALES. 

Esta partida comprende esencialmente: 

  • Las flores, follaje y frutos artificiales, es decir, los artículos que imitan a los productos naturales obtenidos por ensamblado de diversos elementos (atado, encolado, encajado o procedimientos análogos).
  • Los elementos y las partes de flores, follaje o frutos artificiales, por ejemplo, los pistilos, los estambres, los ovarios, los pétalos, los cálices, las hojas o los tallos. 
  • Los artículos confeccionados con flores, follaje o frutos artificiales, especialmente los ramos, guirnaldas, coronas, imitaciones de plantas y cualquier artículo en el que varias flores, follaje o frutos artificiales estén ensamblados para formar motivos o adornos. 

Estos artículos se utilizan principalmente para la decoración de viviendas, edificios religiosos, etc., o para el adorno de sombreros, prendas de vestir, etc.

Se excluyen de esta partida: 

  • Las flores y el follaje naturales de las partidas 06.03 o 06.04 (por ejemplo: teñidos, dorados o plateados). 
  • Los motivos florales de encaje, de bordado o de otros tejidos, que también pueden utilizarse como adornos de prendas de vestir, pero que no estén montados como las flores artificiales. 
  • Los tocados de flores o follaje artificiales (Capítulo 65). 
  • Los artículos de vidrio (Capítulo 70). 
  • Las imitaciones de flores, follaje o frutos, de cerámica, piedra, metal, madera, etc., de una sola pieza. 
  • Los alambres recubiertos de materias textiles, papel, etc., para la fabricación de los tallos de flores artificiales. 
  • Los artículos que constituyan juguetes o artículos de carnaval (Capítulo 95)

 POSICIÓN ARANCELARIA

Sección

SECCIÓN XII: CALZADO, SOMBRERERÍA, PARAGUAS, QUITASOLES, BASTONES, LÁTIGOS, FUSTAS Y SUS PARTES, PLUMAS PREPARADAS Y ART. DE PLUMAS, FLORES ARTIFICIALES, MANUFACTURAS DE CABELLOS.

Capítulo

67 Plumas y plumón preparados y artículos de plumas o plumón; flores artificiales; manufacturas de cabello.

Partida

67.02 - Flores, follaje y frutos artificiales, y sus partes; artículos confeccionados con flores, follaje o frutos artificiales.

Sub-Partida

6702.10.00.00

- De plástico.

 

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Tributos vigentes

Arancel Ad Valorem

30%

Arancel Específico

$0.00

Fodinfa

0.50%

I.V.A.

12%

I.C.E.

0%

Unidad Física

Unidades

Requisitos del INEN

No

INEN SENAE

No

 

Conclusión

"En resumen, las frutas artificiales han añadido encanto a la decoración navideña, y conocer su correcta clasificación arancelaria no solo revela detalles logísticos, sino también la importancia de una categorización precisa para su presencia en el mercado durante las festividades."

 

Recomendación

"Para aquellos que buscan una decoración festiva única, es esencial comprender la clasificación arancelaria de las frutas artificiales. Esto no solo facilita la comprensión del proceso comercial, sino que también contribuye a garantizar su disponibilidad estable durante la temporada navideña. Así que, al preparar tu hogar para las festividades, explora estas encantadoras decoraciones con conocimiento para una Navidad llena de magia y estilo festivo."

 

Fuente

Comité de Comercio Exterior. (2017). Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.culturagenial.com/es/cuadro-la-noche-estrellada-de-vincent-van-gogh/

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador [SENAE]. (2022). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales