Los Riesgos del Abandono Definitivo

  • Introducción

Cada país cuenta con su propia legislación aduanera que son disposiciones legales y reglamentarias para la importación y exportación de productos, en el caso de nuestro país tenemos el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones y el reglamento al Título de la Facilitación Aduanera para el Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones.

De las cuales se dará a conocer cuando una mercancía llega a un abandono definitivo en la aduana de las cuales se va a plantear como poder evitarlo y hasta que tiempo se puede permanecer estas mercancías en estos lugares.

Finalmente se mencionará una conclusiones y recomendaciones con respecto a este tema propuesto.

  • Desarrollo

Según lo mencionado en el COPCI, la servidora o el servidor a cargo de la dirección distrital declarará el abandono definitivo de las mercancías que se adecuen a una de las causales siguientes:

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Para el efecto, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador notificará al sujeto pasivo las observaciones a las que hubiera lugar, que tendrá el término de quince (15) días contados desde el día hábil siguiente al de la notificación, para presentar sus justificativos o proceder a la corrección respectiva, conforme al procedimiento que para el efecto emita la administración aduanera.

Vencido el término previsto en el presente literal, se declarará la mercancía en abandono definitivo y en la misma declaratoria se dispondrá que el sujeto pasivo registre la cuenta de una entidad financiera en la que la administración aduanera, depositará el valor en aduana de las mercancías declaradas por el sujeto pasivo, más un incremento del 20 % del valor en aduana declarado.

Una vez acreditado dicho depósito en la cuenta registrada, la mercancía pasará a ser de propiedad del Estado, a través del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, quien la subastará en el término de noventas (90) días, de acuerdo al procedimiento establecido para el efecto.

En la misma declaratoria de abandono definitivo, la servidora o el servidor a cargo de la dirección distrital dispondrá el inicio del proceso de subasta pública, adjudicación o destrucción, de acuerdo a las normas establecidas en el reglamento al presente Código y más disposiciones administrativas dictadas para el efecto.

  • Conclusiones
  1. Consultar la información de las mercancías que se encuentran bloqueadas por abandono definitivo en el Ecuapass, para que posterior pase a propiedad del Estado ya que no han sido reconocidas por el importador.
  2. Se realizará subasta pública, adjudicación gratuita o la destrucción de la misma donde terminaría el proceso legal de la propiedad de las mercancías en abandono.
  • Recomendaciones
  1. Realizar una investigación con tu agente de aduana sobre los valores que se tienen que pagar para poder sacar tu mercadería de este abondo definitivo.
  2. Para evitar que tu mercancía se vaya a un abandono definitivo, es apropiado que se deba pagar con anticipación la liquidación de tu trámite aduanero.
  • Fuentes:

COPCI, recuperado 21 de diciembre del 2021, https://www.correosdelecuador.gob.ec/wpcontent/uploads/downloads/2018/11/COPCI.pdf

  • Autor: Achiña Flores Josselyn Lizbeth
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