Clasificación Arancelaria – Ostras conservadas
Descripción
Ingredientes: Ostras, Agua de Mar, Laurel
Ostras al natural en agua de mar en lata «tipo pandereta». 6-8 piezas. Peso neto: 115 g. Peso escurrido: 65 g. Contiene bivalvos. Sin gluten.
Reglas Generales Interpretativas
Regla General Interpretativa 1
Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes.
Regla General Interpretativa 6
La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.
Sección
SECCIÓN IV - PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS ALIMENTARIAS; BEBIDAS, LÍQUIDOS ALCOHÓLICOS Y VINAGRE; TABACO Y SUCEDÁNEOS DEL TABACO ELABORADOS
Capítulo
16 - Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos
Notas de capitulo
- Los pescados, crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos citados en las subpartidas de las partidas 16.04 y 16.05 solo con los nombres vulgares corresponden a las mismas especies mencionadas en el Capítulo 3 con el mismo nombre.
Clasificación arancelaria
Código | Designación de la Mercancía |
16.05 | Crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, preparados o conservados. |
- Moluscos | |
1605.51.00.00 | - - Ostras |
Notas explicativas
Las disposiciones de la Nota explicativa de la partida 16.04 sobre los diferentes estados en que sepresentan los productos de esta última partida se aplican, mutatis mutandis, a los crustáceos, moluscos ydemás invertebrados acuáticos de esta partida, salvo, sin embargo,los crustáceos cocidos en agua o vapor que, mientras no estén pelados, se clasifican en la partida 03.06, aunque se les hayan añadido pequeñas cantidades de productos químicos para su conservación provisional. Entre los crustáceos y moluscos que con mayor frecuencia se preparan o conservan, se pueden citar: cangrejos, camarones y langostinos, bogavantes, langostas, cangrejos o camarones de río (astacos, por ejemplo), mejillones, pulpos, calamares y caracoles.
Régimen Arancelario
Gravámenes Vigentes:
Arancel Advalorem: 30%
Arancel Especifico: $0
Unidad Física: Kilogramos
Fodinfa: 0.50%
I.VA: 12%
I.C.E: 0%
Paraarancelario:
Restricción:
Notificación Sanitaria o Certificado de requerimiento previo. Emitido por ARCSA- Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria. Previo a la fecha de embarque.
Autorización para la importación. Emitido por MPCEIP - Subsecretaria de Recursos Pesqueros. Instancia de Fecha de cierre de aforo
Conclusión
Tras revisar detalladamente la descripción y características de la mercancía en cuestión, se determinó que su clasificación adecuada se encuentra dentro de la partida arancelaria 16.05 que se relaciona con ‘‘Crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, preparados
o conservados.’’, relacionado con la subpartida 1605.51.00.00 que se relaciona con ‘‘Ostras’’ y es importante buscar dicha partida dentro de las herramientas disponibles para poder identificar si no tiene algún código suplementario. Este código proporciona información detallada sobre la naturaleza y composición de la mercancía, lo que facilita su tratamiento y permite una correcta comprensión de los requisitos que tendremos que cumplir al importar o exportar esta mercancía.
Recomendación
Se debe determinar correctamente la composición y el uso de las mercancías para determinar una partida.
Usar herramientas disponibles para determinar los aranceles a pagar.
Es importante consultar en la página del SENAE si no se realizó alguna actualización en esta partida.
Fuentes
Consulta del Arancel Ecuatoriano. Recuperado de : https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/
Comunidad Andina de Naciones. (2007). Versión única en español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). Notas Explicativas que incorporan la cuarta.
Resolución No. 020-2017. (2017). Sexta enmienda del Arancel Nacional de Importaciones. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf
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