Introducción

La débil estructura productiva del Ecuador y la necesidad de mantener la dolarizacón determinan que cuando disminuyen drásticamente los ingresos por nuestras exportaciones hay que importar menos porque no es posible aumentarlas de la noche a la mañana. Pero este es el reto, el Ecuador debe aplicar sus energías a este cometido para vender más bienes y servicios.

En pro de esto, Padilla K. menciona " las salvaguardias son medidas de emergencia para proteger la industria nacional que se ve amenazada ante el creciente aumento absoluto o relativo de las importaciones. Estas medidas consisten en la restricción temporal de las importaciones que afectan con dañar o causar daño grave al sector nacional los cuales no están preparados para competir con los productos importados.

Desarrollo

Las salvaguardias son medidas que un país opta en casos de emergencia para proteger su balanza comercial y su industria debido al incremento de las importaciones y la falta de ingresos por tal motivo, Ecuador no queda fuera de también adoptar estas medidas, de acuerdo al relato de Moscoso (2015) indica que: "En el Ecuador se ha tomado la alternativa de aplicar una salvaguardia con el objetivo de proteger la industria nacional y el nivel competitivo de las mismas tanto a nivel nacional como internacional, una de las causas por las que el país tuvo que acudir a este mecanismo es por no poder contar con la oportunidad de devaluar la moneda, así como lo pueden hacer países con los que negociamos.

Durante este periodo de aplicación el Ecuador atravesaba una etapa de recesión económica, producto del desequilibrio fiscal y de eventos exógenos. Las salvaguardias mermaron las posibilidades de producción de las empresas, y consecuentemente, contribuyeron a profundizar la recesión económica.

Dentro de estas medidas de salvaguardia tenemos:

  • Los derechos antidumping o compensatorios:es un derecho aduanero adicional que se aplica a las mercancías subvencionadas importadas al territorio nacional, con el fin de restablecer las condiciones de competencia distorsionadas por la subvención. Estos se mantendrán vigentes durante el tiempo y en la
    medida necesarios para contrarrestar el daño a la rama de producción nacional. No obstante, tales
    derechos se eliminarán en un plazo de cinco años, contados a partir de su entrada en vigor, en los
    términos establecidos en el reglamento a esta normativa.

Conclusiones

La aplicación efectiva y coherente de salvaguardias, derechos antidumping y compensatorios resultará en un efectivo caso de disminuir en la medida de lo posible el daño que puedan causar mercancías de terceros países en materia prima, componentes, piezas, acabados, etc., cuando los exportadores los están vendiendo a precios inferiores que el nacional.

Finalmente, hay que conocer que este dumping puede ser denunciado,sobre todo en las negociaciones con la Comunidad Andina de Naciones CAN, donde por efectos de la pandemia se ha realizado prácticas desleales hasta en este acuerdo regional.

Bibliografías:

COPCI. (29 de diciembre 2010). CODIGO ORGANICO DE LA PRODUCCION, COMERCIO E INVERSIONES, COPCI. Registro Oficial Suplemento 351. Obternido de: https://n9.cl/y8yg3

 

 

 

AUTOR:

Acosta Zambrano Esperanza Monserrate

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