12357810663?profile=RESIZE_584x

Descripción

La fibra de yak se distingue por su extraordinaria delicadeza y suavidad, convirtiéndola en la opción sostenible ideal en comparación con la cachemira. Esta suavidad se atribuye a la singular textura superficial de cada pelo de los animales y al aspecto escamoso del subpelo cuando se observa bajo un microscopio. Además, la fibra yak presenta propiedades transpirables excepcionales, siendo capaz de absorber. Esta cualidad la hace más duradera y liviana en comparación con otras fibras. La versatilidad de está lana la convierte en una elección adecuada para la confección de una amplia variedad de prendas y accesorios, tales como suéteres, sombreros, zapatos, bufandas, mantas, cojines y decoraciones, entre otros, es importante mencionar que esta madeja es elaborada con 25% de lana de yak 25%, 25% de lana de acrílico y 50% de lana.

Reglas Generales Interpretativas

Para clasificar la lana de yak se debe tomar en cuenta las siguientes reglas generales interpretativas:

RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

De esta manera, este artículo se clasifica dentro de:

Sección XI

Materias textiles y sus manufacturas

Capítulo 51

Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin

Partida 51.09

Hilados de lana o pelo fino, acondicionados para la venta al por menor

 

RGI 3b: Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, se clasificarán según la materia o con el artículo que les confiera su carácter esencial.

Lana Yak

25%

Lana Acrílico

25%

Lana

50%

 

RGI 6: La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Subpartida 5109.90.00.00

--Los demás

Notas de Capítulo

b) Pelo fino, el pelo de alpaca, llama (incluido el guanaco), vicuña, camello, dromedario, yak, cabra de Angora (“mohair”), cabra del Tíbet, cabra de Cachemira o cabras similares (excepto cabras comunes), conejo (incluido el conejo de Angora), liebre, castor, coipo o rata almizclera.

Notas explicativas

51.09

Esta partida comprende los hilados de lana o de pelo fino acondicionados para la venta al por menor, según las disposiciones del apartado I-B 3) de las Consideraciones Generales de la Sección XI.

Para clasificarlos en estas partidas, los hilados deben responder a los criterios que figuran en el cuadro sinóptico II, reproducido a continuación.

12357810461?profile=RESIZE_584x

Tributos Aduaneros

12357810467?profile=RESIZE_584x

Prohibiciones y Restricciones

  • No requiere documento de control previos.
  • No requiere ningún Reglamento INEN.

 Conclusión

En conclusión, para determinar la correcta clasificación arancelaria del hilo de yak hay que tomar en cuenta las reglas interpretativas generales y las notas explicativas del producto siendo así en el Arancel del Ecuador siendo así este producto se clasifica en la Sección XI:  Materias textiles y sus manufacturas, capítulo 51: Lana y pelo fino u ordinario; hilados y tejidos de crin, en la partida 51.09: Hilados de lana o pelo fino, acondicionados para la venta al por menor y se encuentra en la subpartida ‘’5109.90.00.00 que se titula --Los demás, ajustándose perfectamente a esa categoría al proporcionar una descripción exhaustiva del producto.

Recomendaciones:

  • Analizar minuciosamente la composición y las particularidades del producto que va hacer clasificado.
  • Para realizar la clasificación arancelaria correcta de una mercancía se debe hacer un análisis exhaustivo en la Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador junto con las Notas explicativa.
  • Tomar en cuenta las medidas arancelarias y no arancelarias del producto a la hora de importar o exportar el mismo.

Fuentes:

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado.  https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017 (ANEXO 1: NOMENCLATURA DE DESIGNACIÓN Y CODIFICACIÓN DE MERCANCÍAS DEL ECUADOR) [MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR]. (2017)  de: https://www.produccion.gob.ec/wpcontent/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

 

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales