La moda a través de las fronteras: Descifrando la Clasificación Arancelaria de un Traje Sastre de Niño

INTRODUCCIÓN

Comencemos definiendo el producto objeto de clasificación: Traje Sastre de Niño

  • Traje de tres piezas, contiene camisa de manga corta con dobladillo cosido, botones delante y bajo redondeado. Chaleco con botonadura frontal.
  • Pantalón con cinturilla elástica ajustable, cierre decorativo con botón y bolsillos decorativos.
  • Corbatín con hebilla de plástico detrás.

Composición:

  • Tela exterior: Gabardina ( Poliéster 100 %)

REGLAS GENERALES INTERPRETATIVAS Y CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Para determinar la clasificación arancelaria de la mercancía a nivel de partida, se toma en consideración las Reglas Generales Interpretativas del Sistema Armonizado:

RGI 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

  - Así que, siguiendo la RGI 1, la correcta clasificación del Traje Sastre para niño sería la siguiente:

Sección XI: Materias textiles y sus manufacturas

Capítulo 62: Prendas y complementos (accesorios), de vestir, excepto los de punto.

Partida 62.03: Trajes (ambos o ternos), conjuntos, chaquetas (sacos), pantalones largos, pantalones con peto, pantalones cortos (calzones) y shorts (excepto de baño), para hombres o niños.

  • Para determinar la subpartida se debe tomar en cuenta la RGI 6, en la cual se menciona lo siguiente

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, "mutatis mutandis", por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposiciones en contrario.”

– Trajes (ambos o ternos):

Subpartida 6203.12.00.00 - - De fibras sintéticas

Notas Explicativas:

- Este Capítulo solo se aplica a los artículos confeccionados con cualquier textil, excepto la guata y los artículos de punto distintos de los de la partida 62.12.Sostenes (corpiños), fajas, corsés, tirantes (tiradores), ligas y artículos similares, y sus partes, incluso de punto.

- Esta partida comprende:

En las partidas 62.03 y 62.04:

Se entiende por trajes (ambos o ternos) y trajes sastre los surtidos formados por dos o tres prendas de vestir confeccionadas en su superficie exterior con la misma tela y compuestos por:

Una sola chaqueta (saco) que cubra la parte superior del cuerpo, cuyo exterior, excepto las mangas, esté constituido por cuatro o más piezas, eventualmente acompañada de un solo chaleco sastre en el que su parte delantera esté confeccionada con la misma tela que la superficie exterior de los demás componentes del surtido y cuya espalda sea de la misma tela que el forro de la chaqueta (saco); y una sola prenda que cubra la parte inferior del cuerpo y que consista en un pantalón largo, un pantalón corto (calzón), un short (excepto de baño), una falda o una falda pantalón, sin tirantes (tiradores) ni peto.

Todos los componentes del traje (ambo o terno) o del traje sastre deberán confeccionarse con una tela de la misma estructura, color y composición; además, deberán ser del mismo estilo y de tallas correspondientes o compatibles. Sin embargo, estos componentes pueden presentar un vivo (tira de tela cosida a las costuras) de una tela diferente.

Si se presentan simultáneamente varias prendas de la parte inferior, por ejemplo: un pantalón largo y un short o dos pantalones largos, o una falda o falda pantalón y un pantalón, se dará prioridad al pantalón largo o a uno de ellos como parte inferior constitutiva del traje (ambo o terno), y a la falda o falda pantalón en el caso del traje sastre, clasificándose separadamente las demás prendas

Pág 704 , Numeral 3 , Apartado a).  Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.

Tributos aduaneros
12294198897?profile=RESIZE_584x

Restricciones y Prohibiciones:

12294198064?profile=RESIZE_710x

CONCLUSIÓN

La confección de Trajes Sastre para niños son productos de alta comercialización a nivel nacional, y estas mismas prendas son materia de exportación e importación. Y en base a sus características se le clasifica en la partida 62.03, sin embargo, al momento de especificar la subpartida por su composición se le clasifica en 6203.12.00.00 sustentado en las descripciones de las notas del capítulo y partida.

RECOMENDACIONES:

  1. Examinar todas las propiedades del producto, verificando la composición exacta y cualquier característica distintiva que pueda influir en su clasificación.
  2. Consultar las Notas del Capítulo 62 y las Notas Explicativas para obtener sustento de la clasificación, además de consultar en la página del SENAE toda la información del régimen arancelario y paraancelario.

 

REFERENCIAS

Comunidad Andina. (2007). Notas Explicativas que incorporan la Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

E-Aduana. Capítulo 62. E-Aduana. https://www.eaduana.com/sistema-armonizado/notas-explicativas/capitulos/capitulo-62

RESOLUCION-COMEX-020-2017: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduana del Ecuador. (2023). Consulta del Arancel. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

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