Introducción: La firma electrónica esta vigente desde el año 2002, en Ecuador, y ha facilitado los trámites que requieren de una firma la cual certifique que esa persona está de acuerdo en los documentos que se plasme la firma, generando ahorro no solo de tiempo, sino que también de dinero, permitiendo realizar otras actividades relacionadas al comercio

Desarrollo: Para casi todos los documentos que requieran de una validez local, se puede usar la firma electrónica, pero existen excepciones como las notarías ya que están no aceptan contratos firmados electrónicamente, esto cuando se requiere la certificación de los mismos. Solo aplica a documentos enviados digitalmente pero no para los contratos que se realizaron en formato físico. Para que la notaría pueda certificar un contrato firmado electrónicamente se requiere del archivo en formato PDF y se debe realizar el proceso de desmaterialización del documento. Para desmaterializar el contrato el notario debe revisar el mismo, la firma electrónica y firmar electrónicamente. Luego de haberse realizado la desmaterialización del contrato, se procede a la certificación del mismo. La notaria cobra dos valores, el primero por la desmaterialización y el segundo por la certificación. Las notarías no permiten la firma electrónica en un poder o en una declaración juramentada.

Conclusiones: Existen documentos que requieren necesariamente de una firma manuscrita, sin embargo, la firma electrónica sigue siendo útil para otros procesos o trámites.

Recomendaciones: Realizar las preguntas necesarias antes de proceder a generar los documentos, para evitar contratiempos o inclusive multas las cuales perjudiquen de manera significativa a la persona.

Fuentes:

Derecho Ecuador. (2017). Derecho Ecuador . Obtenido de Derecho Ecuador: https://derechoecuador.com/firma-electronica/

Nacional, G. (28 de noviembre de 2019). GOB. Obtenido de GOB: https://www.gob.ec/articulos/firmaec

Nacional, G. (2019). Registro Civil. Obtenido de Registro Civil: https://www.registrocivil.gob.ec/certificado-de-firma-electronica/

 

Autor: Bryan Javier Ulco Collaguazo

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