LA DECISIÓN 478- ASISTENCIA MUTUA Y COOPERACIÓN ENTRE LAS ADMINISTRACIONES ADUANERAS DE LOS PAÍSES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ANDINA
Según José Armando Garavito Castillo, esta decisión tiene como objetivo la cooperación, la asistencia mutua e intercambio de información entre las administraciones aduaneras nacionales para prevenir, investigar y combatir los ilícitos aduaneros.
Las Aduanas deben cooperarán en las siguientes áreas:
- En el establecimiento y mantenimiento de canales expeditos de comunicación entre sus Administraciones Aduaneras a fin de facilitar el intercambio rápido y seguro de la información, propiciando la implementación de un sistema informático interconectado en línea que agilice el intercambio de datos;
- En el inicio, desarrollo y mejoramiento de programas de capacitación y el intercambio de personal a través de pasantías en los países miembros
- En el intercambio de personal y expertos en materias o tareas específicas
CONCLUSIONES
- La comunidad Andina tiene una normativa que permite fortalecer la cooperación y el intercambio de información entre los países miembros, estando pendiente la tarea de impulsar la lucha contra el fraude a través de la implementación del Comité de Lucha contra el Fraude.
- La asistencia podrá ser utilizada en aquellos procedimientos administrativos de investigación o procesos judiciales relativos a multas, comisos, decomisos o cualquier tipo de sanción.
RECOMENDACIONES
- Cualquier otro asunto de carácter administrativo que, de común acuerdo entre las administraciones aduaneras involucradas, debería ser tratado según se considere necesario para el logro de los fines perseguidos por esta Decisión.
FUENTES
- http://www.comunidadandina.org/StaticFiles/201165195749libro_atrc_control.pdf - Control aduanero (Armando Garavito Castillo)
AUTOR
Katherinne Vanessa Guerra Velez.
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