Se darán 10 días para que Ecuador explique sobre restricción a importaciones
investigación al Ecuador por la aplicación de la Resolución 116 a las importaciones.
El expediente fue abierto para determinar si dicha normativa, y sus posteriores modificaciones, constituyen una restricción al comercio en los términos establecidos en el Acuerdo de Cartagena.
La Resolución 116 establece en los dos artículos que consta su parte resolutiva, la presentación de un “Certificado de Reconocimiento”, así como de sus Reglamentos Técnicos Ecuatorianos como parte del control previo a la importación para un conjunto de 293 subpartidas arancelarias, lo cual podría estar configurando una restricción al comercio en los términos establecidos en las normas andinas, señaló el organismo.
La notificación al Ecuador fue enviada al Ministerio de Comercio Exterior del Ecuador, otorgándole un plazo de diez días hábiles para que presente su respuesta.
Conclusión:
Ecuador a utilizado LA RESOLUCIÓN 116 A LAS IMPORTACIONES debido a que existe una gran fuga de capitales ya que en el país no existe mucho proteccionismo a las empresas ya que al importar mercaderías a bajos precios perjudican a la industria ecuatoriana para ello el gobierno de Rafael correa a cambiado la matriz productiva para producir productos de primera calidad y hacernos más competitivos en el mundo y esto a su ves atraerá a inversionistas para generar empleo en el país.
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