DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO:

Las jeringas, herramientas vitales en la salud, ofrecen precisión y seguridad en la administración de medicamentos. Explora su importancia y clasificación aduanera en nuestro blog especializado.
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Detalles de JERINGAS:

  1. Capacidad de Volumen: Las jeringas varían en capacidad, permitiendo la medición y administración precisa de diferentes volúmenes de medicamentos.
  2. Aguijón y Punta: Diseñadas con agujas estériles para facilitar la penetración y puntas adaptadas a diversos usos médicos, asegurando aplicaciones seguras y eficientes.
  3. Material Transparente: Muchas jeringas están hechas de materiales transparentes, como plástico o vidrio, para una fácil visualización del contenido y garantizar la exactitud en las mediciones.

CLASIFICACIÓN DE “JERINGAS”

Reglas Generales Interpretativas Utilizadas

Siendo así que según la Regla General Interpretativa 1: De acuerdo con la RGI 1 establece que: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas.

Se hace uso de la primera regla general interpretativa con el objetivo de encontrar la sección y el capítulo en el cual podría clasificarse el producto.

La sección y capítulo para considerar sería:

 

Sección: XVIII Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos.

Capítulo: 90 Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos

 

Partida a considerar:

 

Partida 90.18 Instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, odontología o veterinaria, incluidos los de centellografía y demás aparatos electromédicos, así como los aparatos para pruebas visuales.

Haciendo uso de la Regla General Interpretativa 6: estableciendo que: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

 

Por lo tanto, la subpartida para analizar sería:

- Jeringas, agujas, catéteres, cánulas e instrumentos similares:

9018.31.00 -- Jeringas, incluso con aguja

Tomando en cuenta que las notas explicativas de esta partida mencionan lo siguiente:

 

Y según las notas explicativas de la partida 90.18:

“INSTRUMENTOS Y APARATOS DE MEDICINA O CIRUGIA HUMANAS

Hay que mencionar entre ellos:

  1. A) Los instrumentos y aparatos que con nombres idénticos se prestan a actividades múltiples, tales como:

… 16) Jeringas (de vidrio, metal, vidrio y metal, plástico, etc.) para cualquier uso: jeringuillas para inyecciones, para punciones, para anestesia, para irrigación o lavado de llagas, de aspiración (con bomba o sin ella), jeringuillas oculares, auriculares, laríngeas, uterinas, ginecológicas, etc….”

 

Se concluye la subpartida 9018.31.00 -- Jeringas, incluso con aguja

Entonces las “JERINGAS” se clasifica dentro de:

 

Sección XVII

Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; aparatos de relojería; instrumentos musicales; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos.

Capítulo 90

Instrumentos y aparatos de óptica, fotografía o cinematografía, de medida, control o precisión; instrumentos y aparatos medico quirúrgicos; partes y accesorios de estos instrumentos o aparatos

 

Partida 90.18

 

Instrumentos y aparatos de medicina, cirugía, odontología o veterinaria, incluidos los de centello grafía y demás aparatos electro médicos, así como los aparatos para pruebas visuales.

 

Subpartida

9018.31.00

-- Jeringas, incluso con aguja

Información arancelaria

TRIBUTOS ARANCELARIOS DE LA SUBPARTIDA

 

Arancel Ad-valorem

0%

Arancel Específico

0%

FODINFA

 

0%

IVA

0%

ICE

0%

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Restricciones y prohibiciones

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CONCLUSIÓN

 

En conclusión, entender la clasificación aduanera de las jeringas, específicamente en la partida 9018.31.00, es esencial para importadores y profesionales de la salud. La precisión en la categorización facilita procesos aduaneros y asegura un acceso fluido a estos instrumentos vitales en el ámbito médico, promoviendo la eficiencia y la calidad en la atención sanitaria.

RECOMENDACIÓN

 

Se recomienda a importadores y profesionales de la salud en Ecuador revisar periódicamente las regulaciones aduaneras y clasificaciones para mantenerse actualizados. Asesorarse con expertos en comercio internacional facilita la importación sin contratiempos, garantizando un suministro ininterrumpido de jeringas y contribuyendo a la eficacia de los servicios de salud.

 

FUENTES:

Comunidad Andina. (25 de Julio de 2007). Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA). Obtenido de Notas explicativas: https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

República del Ecuador, Comité de Comercio Exterio. (2017). RESOLUCIÓN-COMEX-020-2017. Obtenido de Nomeclatura de designación y codificación de mercancías del Ecuador: https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador SENAE . (s.f.). Consulta del Arancel. Obtenido de SENAE : https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

 

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