Ingresos de mercancías a zona primaria en distritos aéreos.

INTRODUCCIÓN

A partir del domingo 31 de mayo de 2015 todas las Agencias de Carga de Exportaciones y Consolidadoras de Carga tienen la responsabilidad de registrar los ingresos del 100% de la mercancía a ser exportada definitivamente (régimen 40) por distritos aéreos en los depósitos temporales.

DESARROLLO

En el proceso de recepción de la carga, tanto las agencias como las consolidadoras no deben exigir que las Declaraciones Aduaneras de Exportación (DAE) tengan estado "Salida Autorizada", ya que podrán ser ingresadas en las paletizadoras con cualquiera de los siguientes estados:

9242039060?profile=original

CONCLUSIONES

-Mediante este sistema se mejora el proceso de ingreso de mercancía a zona primaria  para luego ser ingresadas en las paletizadoras.

-Ahorro de tiempo para el ingreso de mercancías.

RECOMENDACIONES

- Cumplir con todos los parámetros para realizar todo el proceso y no exista ninguna novedad.

- Presentar la DAE llenada correctamente con todas las especificaciones de la mercancía.

FUENTE: www.aduana.gob.ec

AUTOR: Nicolás Ladino

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales