El régimen de importación de depósito aduanero tanto privado como público pertenece a la misma codificación dentro del Ecuapass, el código que identifica  a este régimen es el 70.

Se puede almacenar bajo este régimen de depósito aduanero toda clase de mercancías, con restricciones de las mercancías mencionadas en el art. 147 al Reglamento del Libro V del COPCI.

La solicitud de autorización para ingreso al régimen no está sujeta a aprobación por parte de los servidores aduaneros, el régimen se autoriza con el cierre de aforo.

 

PROCEDIMIENTO._

ACTIVIDAD

PRODUCTO DE ENTRADA

DESCRPCIÓN DE ACTIVIDAD

RESPONSABLE

PRODUCTO DE SALIDA

Generar solicitud de autorización para ingreso al régimen

Información de mercancía/ Contrato de solicitud previa

Registrar en el Ecuapass la solicitud de autorización, a través de: Portal Externo Trámites Operativos>1.1 Elaboración de e-doc operativo> 1.1.2 Formulario de solicitud de categoría> solicitud de autorización>, en el campo motivo del trámite escoger “ (01) autorización al régimen”

Depósito aduanero

Solicitud de autorización para ingreso al régimen enviada

Asignar número de registro de autorización para ingreso al régimen

Solicitud de autorización para ingreso al régimen enviada

Emitir el número de registro de autorización para ingreso al régimen

Ecuapass  

Número de registro de autorización para ingreso al régimen comunicado al depósito temporal

Comunicar el No. de registro de la Solicitud de autorización  

Número de registro de autorización para ingreso al régimen comunicado al depósito temporal

Comunicar el No. de registro de la Solicitud de autorización  a fin de que el declarante la asocie en la DAI-70

Depósito aduanero

Número de registro de autorización para ingreso al régimen comunicado al declarante

Tramitar DAI-70

Número de registro de autorización para ingreso al régimen comunicado al declarante

Llenar la DAI-70 en la ruta: Portal Externo> Trámites operativos>1.1.1 Documentos electrónicos> Despacho aduanero> Importación> Declaración de importación; y transmitir. Asocia el número de solicitud de autorización al régimen y No. de garantía general proporcionados por el depósito aduanero.

Importador o agente de aduana 

DAI-70 transmitida. Liquidación por tasa de servicios aduaneros generada

Realizar el pago de la tasa

DAI-70 transmitida. Liquidación por tasa de servicios aduaneros generada

Realizar el pago de la tasa por servicios aduaneros para continuar con el proceso de aforo.

Importador o agente de aduana 

Pago tasa realizada

Proceso de aforo

Pago tasa realizada

Ejecuta el proceso de aforo

Técnico operador del área de aforo

DAI-70 cerrada

Generar uso de garantía e ingreso de inventario

DAI-70 cerrada

Con el cierre de aforo ocurre uso automático (débito) a la garantía general del depósito aduanero e ingreso de inventario al importador

Ecuapass

DAI-70 con salida autorizada

Ingresar mercancía al depósito aduanero

DAI-70 con salida autorizada.

Levante de mercancías

Salida la mercancía del depósito temporal, se la moviliza hasta el depósito aduanero para su ingreso

Depósito aduanero

Mercancías ingresadas al depósito aduanero

 

CONCLUSIÓN

Con la implementación del sistema ECUAPASS, podemos evidenciar el cambio trascendental que existe en cuanto a procesos de autorización y despacho aduaneros; este sistema nos permite optimizar  tiempo y recursos en el ejercicio diario de las operaciones de comercio exterior.

FUENTE: SENAE-MEE-2-2-016-V1.

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