Los INCOTERMS®2010 son mundialmente aceptados, el uso de estas reglas son las guías más adecuadas para el establecimiento de las responsabilidades de los compradores y vendedores en actividades de compraventa internacional. La Aduana del Ecuador y los países de la Comunidad Andina, reconocen la aplicación de los Términos Internacionales de Comercio “Incoterms” de la Cámara de Comercio Internacional, en los controles aduaneros durante el despacho de las mercancías importadas, así como en el control posterior; en cumplimiento de la Normativa Supranacional Andina en sus Artículo 66 del Reglamento Comunitario de la Decisión 571 de la CAN.- Valor en Aduana de las mercancías importadas, adoptado mediante la Resolución 846 de la CAN; y Resolución No. 1239 del Acuerdo de Cartagena, Artículo 3, numeral 5 literal “h”. INCOTERMS 2010 Fuente: Aduana del Ecuador
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Comentarios
Es importante que se hayan realizado estos cambios porque efectivamente si existía alguna ambiguedad en los INCO, 2000.
Gracias por la informacón oportuna
Me parece oportuna esta informacion gracias...
Gracias Javier por la informacion