El Ministerio Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad, el Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca y el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador comunican a los Operadores de Comercio Exterior y al público en general, que desde el día jueves 10 de julio del presente año se habilitará en el portal de la Ventanilla Única Ecuatoriana el siguiente formulario autorizado por la Subsecretaría de Acuacultura:
139-006: "Solicitud de Autorización de Importación de Especies Vivas, Productos o Insumos de o para la Acuacultura".
Adicionalmente, se le recuerda a todos los OCE que al transmitir la Declaración Aduanera de Importación y en los casos que la subpartida lo requiera, se deberá asociar el presente documento de control previo utilizando la opción "Tipo de documento: (63) DOCUMENTO DE CONTROL PREVIO."; así como también es preciso enfatizar que en el campo "G04. Entidad emisora" se deberá colocar el código 113, que corresponde a la Subsecretaría de Acuacultura, entidad autorizante.
Es importante mencionar que a partir de la fecha antes indicada, y por disposición de la Subsecretaría de Acuacultura, el control ejecutado por Senae será sólo en documentos electrónicos.
Conclusión: Se entiende por trámite de licencias de importación el procedimiento administrativo utilizado para la aplicación de los regímenes de licencias de importación que requieren la presentación de una solicitud u otra documentación (distinta de la necesaria a efectos aduaneros) al órgano administrativo pertinente, como condición previa para efectuar la importación en el territorio aduanero del país importador
Autor: Alvaro Dario Torres Chamorro
Fuente: Boletin, SENAE, 08-07-14
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