Los certificados de firma electrónica son, como bien lo menciona la Ley de Comercio Electrónico, mensajes de datos que cumplen una misión específica:

--> Garantizar a la sociedad que una firma electrónica pertenece a determinada persona, y que por consiguiente en la respectiva clave pública pertenece efectivamente al firmante, pues  una entidad de certificación mediante los certificados de firma electrónica da seguridad.

Así lo manifiesta Alfredo Reyes Kraftt cuando expone que: ¨La misión fundamental de los certificados es permitir la comprobación de que la clave pública de un usuario, cuyo conocimiento es imprescindible para a autenticar su firma electrónica, pertenece realmente a este usuario, ya que así lo hace constar en el certificado una autoridad que da fe de aquello¨ (Reyes,2002, pg. 271)

 

Beneficios

Su importancia radica en su utilización cada vez más común en todo tipo de operaciones. 

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Cuando las entidades certificadoras emiten un certificado de firma electrónica deben:

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        A su vez, cabe mencionar que, todo certificado posee un par de llaves, pública y privada, que servirá para entregar la llave pública y que se pueda instalar en otros computadores diferentes al propio.

La llave pública se puede consultar en el Portal de Certificación Electrónica, dónde se deberá descargar para pasar a la instalación. No siendo la única opción, se puede realizar mediante un documento firmado electrónicamente, donde en las propiedades de la firma se puede ver el certificado para pasar a su exportación posterior.

 

Respecto al vencimiento del certificado de la Firma Electrónica, el Banco Central del Ecuador (2021) afirma que se podrán seguir firmando documentos, pero la firma no tendrá validez pues por su estado de vencimiento, los documentos no gozarán de confianza.

 

Conclusión:

  • La firma electrónica necesita de los certificados de firma electrónica para que mediante ellos las personas puedan identificar plenamente el firmante.
  • Por otra parte, el certificado de firma electrónica es un documento digital mediante el cual la autoridad de certificación asegura la vinculación entre la identidad del usuario.
  • Las entidades certificadoras de la firma electrónica deben garantizar y respaldar la ley en su totalidad, de tal manera que el cliente pueda sentir la seguridad de confiar su información a los medios digitales, en consecuencia, opte por estos nuevos medios tecnológicos y reduzca tiempo y dinero en los procesos que requiera su actividad.

 

Recomendación:

  • Es importante resaltar que la firma y el certificado son dos herramientas distintas, por un lado, la firma electrónica, es un conjunto de datos electrónicos que acompañan o que están asociados a un documento electrónico, es el equivalente de la firma manuscrita; y por otro lado, el Certificado de firma electrónica, es un medio para demostrar la identidad del titular de un determinado proceso electrónico.

 

Referencias:

Autor: Sabine Pico

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