Importancia de realizar Consulta Arancelaria

Realizar la clasificación arancelaria de los productos es importante para el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley.

¿Qué es consulta de clasificación arancelaria?

Trámite realizado ante el Servicio Nacional de Aduana para poder obtener su absolución, misma que es de carácter vinculante para la Administración Aduanera y el consultante (SENAE, 2020).  

La Consulta de Clasificación Arancelaria es un trámite que se lo realiza ante el Servicio Nacional de Aduana para poder obtener su absolución, misma que es de carácter vinculante para la Administración Tributaria y el consultante. Además, este trámite se le realiza con el fin de evitar que, al momento de nacionalizar una mercancía en los aforos los agentes de aduana realicen observaciones al departamento de Intervención y Riesgos del Servicio Nacional de aduana del Ecuador realizando un cambio de subpartida por declaraciones equivocadas o presuntamente equivocadas.

Por otro lado, el principal motivo por el cual comienza el problema de control posterior seguido de la rectificación de tributos, es porque el importador hizo una declaración con subpartidas que creía que encasillaba en su producto, y resulta que no es la correcta.  

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Fuente: Art. 89 RCopci

 

¿Cuál es el fin de la consulta de clasificación arancelaria?

El fin de este trámite es obtener la clasificación arancelaria (subpartida arancelaria). De esta manera ya con la identificación de la subpartida arancelaria, el usuario puede conocer previamente los aranceles, otros tributos y documentos de control asociados con la subpartida en cuestión.

 

¿Qué debe contener la consulta de clasificación arancelaria?

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Fuente: Art. 90 RCopci 

 

¿Cuáles son los requisitos para la consulta?

Se deberá adjuntar a la solicitud de consulta de clasificación arancelaria, los siguientes documentos:

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Fuente: Art. 91 RCopci

Si la consulta presentada incumple con los requisitos o carece de documentos de respaldo determinados en el Reglamento, la Directora o el Director General, o su delegado, se le otorga un plazo de quince días hábiles al solicitante para que complete los requisitos faltantes y en caso de que no se subsane en dicho plazo, se entenderá como no presentada la solicitud de consulta de clasificación arancelaria.

Nota: Las consultas aceptadas al trámite, deberán ser atendidas y contestadas dentro del término de veinte días de formuladas.

 

FORMULARIO DE REGISTRO DE CONSULTA DE CLASIFICACIÓN EN LÍNEA

https://www.aduana.gob.ec/formulario-de-registro-de-consulta-de-clasificacion-en-linea/

EJEMPLOS DE CONSULTA DE CLASIFICACIÓN

https://www.aduana.gob.ec/consulta-de-clasificacion/

Conclusiones

Realizar una consulta de clasificación arancelaria es importante ya que gracias a esta consulta se va a tener la certeza de cuanto se debe pagar por aranceles y asimismo, la garantía de que la mercancía será nacionalizada sin ningún problema por cuanto la subpartida ya está determinada en la absolución de la administración aduanera tributaria, la misma que es vinculante tanto para la administración como lo indica en el Art. 141 del COPCI y para el consultante según el Art. 93 del Reglamento al Título de Facilitación  Aduanera para el comercio, del libro V del COPCI  generando así eficiencia y transparencia en el despacho.

 

Recomendaciones

Se recomienda realizar consulta de clasificación arancelaria con el fin de evitar problemas posteriores a la llegada de la mercancía. Asimismo, se recomienda difundir e incentivar el uso de una consulta de clasificación arancelaria, que en efecto es vinculante y además porque su resolución y subpartida nacional determinada se la puede utilizar para todas las importaciones del mismo producto sin necesidad de volver a consultar en las siguientes importaciones.

 

Fuentes:

Antonio Vicente Fajardo Pico y Calos Daniel Segura Romero (2018): "Consulta de clasificación arancelaria por parte del importador ante el servicio nacional de aduana del Ecuador", Revista Observatorio de la Economía Latinoamericana, (octubre 2018). En línea: https://www.eumed.net/rev/oel/2018/10/consulta-clasificacion-arancelaria.html//hdl.handle.net/20.500.11763/oel1810consulta-clasificacion-arancelaria

CÓDIGO ORGÁNICO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INVERSIONES (COPCI). (29 de Diciembre de 2010). Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2021/04/Copci.pdf

REGLAMENTO AL TÍTULO DE LA FACILITACIÓN ADUANERA PARA EL COMERCIO, DEL LIBRO V DEL COPCI. (29 de Diciembre de 2010). Obtenido de https://www.aduana.gob.ec/wp-content/uploads/2021/04/RCopci.pdf

SENAE. (19 de Diciembre de 2020). Gob.ec. Obtenido de Resolución de Consulta de clasificación arancelaria de mercancías objeto de comercio internacional: https://www.gob.ec/senae/tramites/resolucion-consulta-clasificacion-arancelaria-mercancias-objeto-comercio-internacional

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