Importación de Perfiles de Caucho - Clasificación Arancelaria

Antes de empezar con la clasificación arancelaria de este producto hay que definirlo y saber de qué se está hablando, entonces, se dice que de los perfiles de caucho  es un artículo que  dependiendo de la combinación se utiliza en diferentes actividades como: Aplicaciones en exterior, aplicaciones que requieran una gran resistencia mecánica y un alargamiento importante y de alta temperatura .ya que tiene una resistencia mecánica, envejecimiento, algunos  aceites, alcoholes, ácidos álcalis diluidos, ambiente marino.

Y estos se fabrica en color negro habitualmente pero sobre pedido se puede fabricar en varios colores con la combinación de químicos.

Este objeto tiene una contextura sólida para  proporcionar sellado y aislamiento

REGLA GENERAL INTERPRETATIVAS

Para empezar a realizar la correcta clasificación arancelaria los polvillos del caucho hay que definir y establecer a qué Reglas Generales del Sistema Armonizado está sujeta esta clasificación; entonces decimos que este producto se debe clasificar bajo las siguientes reglas:

REGLA 1: Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.

REGLA 2: b) Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza dicha materia incluso mezclada o asociada a otras materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos productos mezclados o de éstos artículos compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3.

REGLA 3. Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2 b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue:        

  1. a) La partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Sin embargo, cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos en el caso de mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben considerarse igualmente específicas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa o completa;

REGLA 6. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

DEFINICIÓN DE LAS NOTAS DE SECCIÓN Y CAPITULO

Las notas de sección del Capítulo 40 (Caucho y sus manufacturas) establece que:

1.- En la Nomenclatura, salvo disposición en contrario, la denominación caucho comprende los productos siguientes, incluso vulcanizados o endurecidos: caucho natural, balata, gutapercha, guayule, chicle y gomas naturales análogas, caucho sintético, caucho facticio derivado de los aceites y todos estos productos regenerados

9.- En las partidas 40.01, 40.02, 40.03, 40.05 y 40.08, se entiende por placas, hojas y tiras únicamente las placas, hojas y tiras, así como los bloques de forma geométrica regular, sin cortar o simplemente cortados en forma cuadrada o rectangular (incluso si esta operación les confiere el carácter de artículos ya dispuestos para su uso), aunque tengan un simple trabajo de superficie (impresión u otros) pero sin otra labor.

 Los perfiles y varillas de la partida 40.08, incluso cortados en longitudes determinadas, son los que sólo tienen un simple trabajo de superficie.

DEFINICIÓN NOTAS EXPLICATIVAS

La nota explicativa del Capítulo 40 (Caucho y sus manufacturas) establece que:

Placas, hojas y tiras (partidas 40.01, 40.02, 40.03, 40.05 y 40.08)

Estos términos están definidos en la Nota 9 de este Capítulo y comprenden los bloques de forma geométrica regular. Las placas, hojas y tiras pueden estar trabajadas en la superficie o simplemente cortadas en forma cuadrada o rectangular, pero sin cortar en forma distinta de la cuadrada o rectangular y sin trabajar de otro modo.

Dentro de la explicación de la partida 40.08 dispone que:   Dentro de esta partida comprende:

  1. Las placas, hojas y tiras (cuya mayor dimensión del corte transversal sea superior a 5 mm) sin cortar en longitudes determinadas o simplemente cortadas en forma cuadrada o rectangular.
  2. Los bloques de forma regular.
  3. Las varillas y perfiles (incluidos los hilos de cualquier perfil cuya mayor dimensión de la sección transversal sea superior a 5 mm). Los perfiles son productos que se obtienen en grandes longitudes en una sola operación (generalmente la extrusión) cuya sección transversal es constante o repetitiva de un extremo a otro. Permanecen clasificados en esta partida, aunque estén cortados en longitudes determinadas, salvo si esta última es inferior a la mayor dimensión de la sección transversal.

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Fuente: Elaboración Personal

Conclusión

Entonces decimos que el producto seleccionado, los polvillos de caucho debe clasificarse siguiendo las reglas generales interpretativas 1, 3 y 6además de las reglas generales de la sección y el capítulo 1 y 9 con las notas explicativas de la partida 40.08. Finalmente se determina que según el Sistema Armonizado este producto se encuentra clasificado de la siguiente manera: Sección VII de Plásticos y sus manufacturas, Caucho y sus manufacturas; capítulo 40: Caucho y sus manufacturas; partida 4008 Placas, hojas, tiras, varillas y perfiles, de caucho vulcanizado sin endurecer y la subpartida siendo; 4008.29.00.00 Los demás.

Esta clasificación arancelaria nos indica que este producto grava tributos al comercio exterior como un ad valorem de 0%, IVA 12 % y FODINFA 0,5%.

Recomendación

 Debemos tener en cuenta lo que específica en las notas de sección y capítulo donde estipula en este caso sobre placas, hojas y tiras dependiendo de la forma que tenga el producto y de la composición si es con caucho celular o no celular o de ambos. Y en el caso del certifico verificar si está vigente para no tener ningún inconveniente al hacer esta operación comercial al ocupar el régimen 10.

Autora: Cynthia Martínez

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