Introducción

Son considerados bienes de uso cultural todos aquellos bienes utilizados para la elaboración de bienes muebles materiales e inmateriales que reúnen valor estético, histórico o intelectual relevante como producto de la creatividad humana en cualquiera de las manifestaciones científicas, artísticas y literarias.

En este contexto, mediante el Acuerdo Nº DM-2019-147, el Ministerio de Cultura y Patrimonio estableció la norma técnica que regulará la exención de tributos al comercio exterior de bienes para uso artístico y cultural, importados por creadores, trabajadores de las artes, colectivos y organizaciones culturales.

Esta medida denominada ‘Cero Aranceles’ es uno de los cuatro incentivos que brinda, en su primera etapa, el Plan Integral de Fomento a la Economía Naranja, ‘Ecuador Creativo’, para el impulso de la cadena productiva y económica de los actores dedicados a la gestión de bienes y servicios artísticos, culturales y creativos.

Desarrollo

La medida ‘Cero Aranceles’ implementada fomenta las actividades, servicios y nuevos proyectos culturales con la reducción de sus costos de producción a través de la eliminación de gravámenes a insumos y equipos importados calificados como suntuarios y utilizados en la elaboración de procesos artísticos y creativos. Estos bienes mantenían una carga impositiva que, en promedio, superaban el 35%, lo cual ocasionaba costos elevados y un bajo acceso por parte de artistas y ciudadanía.

  •  Procedimiento

Podrán acceder a este beneficio gubernamental las personas naturales y empresas, constituidas legalmente en el Ecuador, registradas y verificadas en el Registro Único de Artistas y Gestores Culturales (RUAC), cuyas actividades económicas estén relacionadas con la cultura y las artes.

También está disponible para gremios culturales o artísticos constituidos en el registro de asociaciones del MCYP o que formen parte del Registro Único de Organizaciones Sociales.

Para el beneficio de la exención de tributos al comercio exterior, además de estar registrados y validados en el RUAC, las personas naturales y/o jurídicas deberán presentar lo siguiente:

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Adicionalmente, las personas naturales o jurídicas que realicen importaciones de bienes por primera ocasión deberán adjuntar a su solicitud un estudio de mercado que incluya por lo menos, el detalle de la oferta, demanda y estrategia de comercialización.

Los documentos deberán ser presentados en la Unidad de Gestión Documental del Ministerio de Cultura y Patrimonio en la ciudad de Quito, para su posterior revisión del cumplimiento de las condiciones, requisitos y documentos respectivos; y, emisión de un informe técnico favorable dirigido al Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE), a fin de que los bienes descritos en el mismo, puedan ingresar al país con la exención correspondiente.

Conclusión

“Cero Aranceles” es una medida inclinada al fomento de actividades culturales mediante la eliminación de aranceles para la importación de equipos utilizados para la elaboración de bienes culturales, para lo cual, el importador deberá acogerse a actividades económicas relacionadas con la Cultura y las Artes y los equipos en cuestión deberán ser clasificados en partidas arancelarias de bienes para uso artístico y cultural aplicables para la exención a tributos del comercio exterior.

Recomendación

Para el cumplimiento y la correcta aplicación de requisitos para la exención de tributos de comercio exterior se recomienda la visita del portal del Ministerio de Cultura y patrimonio, en el cual se ha destinado un espacio para la publicación de listados tanto de las actividades económicas relacionadas con la Cultura y las Artes como de las partidas arancelarias de los bienes para uso artístico y cultural aplicables para la exención a tributos del comercio exterior.

Fuente

Ministerio de Cultura y Patrimonio. (2 de Septiembre de 2019). Ministerio de cultura y patrimonio. Obtenido de https://www.culturaypatrimonio.gob.ec/150-partidas-arancelarias-de-bienes-para-uso-cultural-son-liberadas-de-tributo-a-comercio-exterior/

PUDELECO. (12 de Semptiembre de 2019). Informatico de Comercio Exterior y Aduanas del Ecuador. Obtenido de https://www.pudeleco.com/mmx19064.html

 

Autor

Alisson Pérez 

 

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