RESUMEN: La fecha de implementación de descripciones mínimas para bebidas alcohólicas ha sido actualizada a solicitud de los operadores de comercio exterior y será puesto en producción a partir del martes 15 de Abril de 2014, es un comunicado para todos los operadores de comercio exterior, el objetivo es identificar de una forma correcta y única la descripción del producto importado, disminuyendo tiempos en la transmisión y en el proceso de aforo de la declaración aduanera en el sistema ECUAPASS , no aplican a declaraciones aduaneras de régimen courier, correos del Ecuador, sala internacional de pasajeros y zona de arribo internacional fronteriza terrestre, para todos los demás regímenes es obligatorio el uso de esta herramienta. Las sub partidas sujetas a descripciones mínimas son las de whisky, ron, tequila y vodka por lo que se procedió a crear nuevos códigos que permitan identificarlas. A continuación:
- Whisky 2208300090 0000 0001, 2208300090 0000 0002, 2208300090 0000 0003 y 2208300090 0000 0004
- Ron 2208400090 0000 0001
- Vodka 2208600000 0000 0002 y 2208600000 0000 0003
- Tequila 2208902000 0000 0002 y 2208600000 0000 0003
Debe estar correctamente clasificado en la nomenclatura arancelaria
COMENTARIO: con el objetivo de facilitar se han creado nuevos códigos para las bebidas alcoholicas en el sistema ECUAPASS , deben estar correctamente clasificados y cumplir con todas las normas , las bebidas que no se encuentren en el listado dado por la aduana no podrán ingresar y deberán solicitar la ayuda requerida, cada vez los requisitos son mas diversos para asi tener un mayor control y evitar el narcotráfico, el ECUAPASS como sistema nos ayuda de manera rápida pero siempre hay que estar al tanto de las novedades de la Aduana.
NOMBRE: Sandra Johanna Palacios Patiño
FUENTE: Boletines Aduana del Ecuador
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