Producto: Ácido ortobórico

 

2810.00.10.00 -- Ácido ortobórico

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Introducción:

El Ácido ortobórico, también conocido como Ácido bórico, es un compuesto químico con fórmula H3BO3. Se trata de un sólido cristalino de color blanco que se presenta en forma de polvo o escamas. El Ácido ortobórico se forma naturalmente por la acción del vapor de agua sobre depósitos de bórax. También se puede obtener industrialmente por reacción de bórax con Ácido clorhídrico.
El Ácidobórico o Ácido trioxobórico(III) es un compuesto químico, ligeramente Ácido. Es usado como antiséptico, insecticida, retardante de la llama, espumante y precursor de otros compuestos químicos. Es usado también como agente tampón para regulación del pH.

Información del producto:


Producto: Ácido ortobórico

Características del producto:

• Capacidad calorífica: Cp = 85,62 J/(mol·K) a 25°C
• Entalpía de formación: ΔHf° = -1273 kJ/mol
• Entalpía de fusión: ΔHfus = 55,3 kJ/mol
• Entropía: S° = 172,6 J/(mol·K) a 298K
• Energía de Gibbs: ΔG°f = -1087 kJ/mol a 25°C
• Conductividad: 3,47·10-7 S/cm a 25°C para una disolución 0,05N
• Constante de disociación ácida (Ka): 5,8 x 10-10 a 25°C
• Solubilidad en etanol: 1 g se disuelve en 16 ml de etanol absoluto a 20°C
• índice de refracción: 1,433 para luz amarilla
• Toxicidad oral aguda (LD50): 2660 mg/kg en ratas
• Estabilidad térmica: Comienza a perder agua de cristalización a 100°C y se descompone totalmente por encima de los 300°C.
• Estructura cristalina: Cristaliza en el sistema monoclínico. Grupo espacial C2/c. Parámetros de celda: a=12,07 Å, b=5,35 Å, c=6,64 Å.

Clasificación arancelaria:

Sección: VI. PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUÍMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS

Capitulo: 28 Productos químicos inorgánicos; compuestos inorgánicos u orgánicos de metal precioso, de elementos radiactivos, de metales de las tierras raras o de isótopos

Partida: 28.10 Óxidos de boro; Ácidos bóricos.
Subpartida: 2810.00.10.00 -- Ácidoortobórico


Notas explicativas:


B. – ACIDOS BORICOS
El Ácido bórico (Ácido ortobórico) (H3BO3) se obtiene por descomposición ácida de boratos naturales o por tratamiento físico-químico del Ácido bórico en bruto.
Se presenta en polvo o en pequeñas escamas, en lentejuelas micáceas o en trozos vitrificados, transparentes en los bordes, de color gris ceniza o azulado (Ácido cristalizado). Es inodoro y untuoso al tacto.
Se utiliza como antiséptico (agua boricada), para la fabricación de vidrio borosilicatado de débil coeficiente de dilatación térmica, de composiciones vitrificables, del verde Guignet (sexquióxido de cromo hidratado), boratos o bórax artificial, oxiantraquinonas o aminoantraquinonas, para la impregnación de las mechas de velas, para incombustibilizar los tejidos, etc.
El Ácidobórico natural con un contenido de H3BO3 inferior o igual al 85% calculado sobre producto seco, se clasifica en la partida 25.28. Por encima de este límite, se clasifica en esta partida. Los Ácido metabóricos (HBO2)n se clasifican también en esta partida.
Se excluyen de esta partida:
a) El Ácido tetrafluorobórico (Ácido fluorobórico) (partida 28.11).
b) El Ácido  glicerobórico (partida 29.20)

Reglas generales interpretativas:
• Regla General I 1: Los términos de las partidas y secciones tienen prioridad para la clasificación. Es importante considerar la descripción legal y científica del producto en las partidas específicas del SA que puedan corresponder.
• Regla General 6: La clasificación se basa en la sustancia predominante o el uso principal. La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

Información Arancelaria:


• ICE Advalorem: 0,0%
• Salvaguardia: 0,0%
• AEC: 0,0%
• Incremento ICEI: 0,0%
• Fodinfa: 0,5%
• IVA: 12%
• ICE específico: 0,0%

Información para-arancelaria:


PROHIBICIÓN: Ingreso o salida a la República de Corea de esta mercancía.

Documentación pertinente:

• Se necesita un registro sanitario que es un documento de control previo o de acompañamiento este se lo saca antes de la fecha de embarque.

Conclusiones:

El producto en cuestión es el Ácido ortobórico, un sólido cristalino blanco con fórmula química H3BO3 y peso molecular de 61,83 g/mol. Se trata de un Ácido inorgánico débil con capacidad de liberar iones H+ en disolución acuosa. De acuerdo a la descripción del producto y sus características físico-químicas, se determina que la clasificación arancelaria más específica es la subpartida 2810.00.10.00 correspondiente a "Ácido ortobórico", ubicada en el Capítulo 28 de "Productos químicos inorgánicos..." y grupo 28.10 de "Óxidos de boro; Ácido bóricos".
Esta subpartida concuerda de manera exacta con el nombre químico y las propiedades del material analizado. Otras subpartidas fueron descartadas por referirse a Ácidos inorgánicos genéricos (2811.19), Ácido inorgánicos específicos distintos al ortobórico (2811.11 a 2811.29) u óxidos de boro (2810.00.20.00). En conclusión, con base en las características técnicas detalladas y la descripción legal de la subpartida 2810.00.10.00, se determina que el Ácido ortobórico debe clasificarse específicamente en esta fracción arancelaria para fines de importación y exportación.

Recomendaciones:

Para clasificar de una manera correcta una mercancía, se debe tomar en cuenta su descripción y la información que proporcione el fabricante, características y valores deser necesario. Así mismo, verificar y contrastar la información recolectada en la resolución No. 020-2017 y las notas explicativas, de igual forma su información arancelaria que la podemos encontrar en el SENAE.

Referencias:

• RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de ComercioExterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.
• Versión Única en Español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado(VUENESA). 25 de julio de 2007. Comunidad Andina.
• Comité de Comercio Exterior. (n.d.). REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACION DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMUN -NANDINA. Gob.Ec. Retrieved October 30, 2022,
• from https://www.aduana.gob.ec/archivos/Boletines/2013/ARANCEL_FINAL_1
• _DE_ENERO_R93.pdf

 

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