4102.21.00.00 - - Piquelados

Cueronet-Flujograma del proceso del cuero: PIQUELADO

INTRODUCCIÓN

El piquelado es un tratamiento a base de ácidos diluidos y/o mezclados con sal, para acidificar las pieles a un pH determinado antes de la curtición al cromo y por lo tanto para reducir la astringencia de los agentes de curtido con cromo. Este tratamiento actúa como conservante, por lo que muchas de las pieles (procedentes de Nueva Zelanda y Australia, por ejemplo) son tratadas con este proceso antes de ser exportadas para su transformación en curtido.

 

Objetivos del Piquel.

  • Impedir que las sales de cromo activen rápidamente
  • Preparar las pieles para la fase de curtido.
  • Someter enzimas a un tratamiento ácido sobre soluciones salinas.
  • Conservar las pieles, sobre todo si es de cordero, las cuales luego del piquelado pueden conservarse hasta por un año.

REGLAS INTERPRETATIVAS

  • RGI Nº 1: Esta regla establece: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
  • RGI Nº 6: Esta Regla establece: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartidas así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que sólo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.

POSICIÓN ARANCELARIA

SECCIÓN VIII

Pieles, cueros, peletería y manufacturas de estas materias; artículos de talabartería o guarnicionería; artículos de viaje, bolsos de mano (carteras) y continentes similares; manufacturas de tripa.

CAPÍTULO 41

Pieles (excepto la peletería) y cueros

PARTIDA 41.02

Cueros y pieles en bruto, de ovino (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos, excepto los excluidos por la Nota 1 c) de este Capítulo

SUBPARTIDA  4102.21.00.00

- - Piquelados

 

 

NOTAS EXPLICATIVAS

  • Este Capítulo no comprende: los recortes y desperdicios similares de cueros y pieles en bruto (partida 05.11); las pieles y partes de pieles de ave, con sus plumas o plumón (partidas 05.05 ó 67.01, según los casos); los cueros y pieles en bruto, curtidos o adobados, sin depilar, de animales de pelo (Capítulo 43). Sin embargo, se clasifican en este Capítulo las pieles en bruto sin depilar de bovino (incluidas las de búfalo), de equino, ovino (excepto las de cordero llamadas astracán, «Breitschwanz», «caracul», «persa» o similares y las pieles de cordero de Indias, de China, de Mongolia o del Tíbet), de caprino (excepto las de cabra, cabritilla o cabrito del Yemen, de Mongolia o del Tíbet), de porcino (incluidas las de pecarí), de gamuza, gacela, camello, dromedario, reno, alce, ciervo, corzo o perro. Las partidas 41.04 a 41.06 no comprenden los cueros y pieles que hayan sufrido un proceso de curtido (incluido el precurtido) reversible (partidas 41.01 a 41.03, según el caso).

 

INFORMACIÓN ARANCELARIA

ICE

0 %

SALVAGUARDIA

0%

ANTIDUMPING

0 %

IVA

12 %

TARIFA ARANCELARIA

0%

FODINFA

0,5 %

UNIDAD FÍSICA

KG (Kilogramos)

 

MEDIDAS NO ARANCELARIAS

No existen medidas de restricción.

CONCLUSIONES:

Podemos concluir que el código arancelario  para esta mercadería es el   4102.21.00.00 el mismo que paga un  arancel ad-valorem del 0% y que no cuenta con ningún tipo de restricciones para su importación o exportación.

RECOMENDACIONES:

Para evitar cualquier tipo de error al momento de clasificar se debe hacer un estudio de cuáles son los componentes de la mercadería que se quiere clasificar además de tomar en cuenta las notas de sección, partidas y capítulos.

REFERENCIAS:

 

 

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