¿Habías escuchado del trigo bulgur? Ven y entérate como clasificarlo

Descripción del producto

El bulgur, trigo bulgur es un ingrediente que se obtiene a partir del trigo y es muy popular en la cocina de Oriente Medio. Se elabora cociendo los granos de trigo tierno en agua y removiendo constantemente para que se cuezan de manera uniforme y lenta. Una vez cocido se escurre y se deja secar durante varios días.

Una vez que los granos de trigo cocidos están secos, se machacan para romperlos en trozos, se les quita el salvado y se tamizan para agrupar los trozos resultantes según su tamaño. Se dejan secar unos cuantos días más y ya está listo el bulgur, que según el tamaño puede ser grueso, fino o muy fino. El bulgur finalmente resulta ser un alimento precocinado que se conserva durante mucho tiempo.

  • Nombre Trigo Bulgur
  • Uso: podríamos usar prácticamente para cualquier plato que se prepare con arroz como ensaladas, sopas, salteados, etc. También es muy apreciado como sustituto de la carne para preparar albóndigas y hamburguesas vegetales

Reglas Generales Interpretativas

Primera Regla General: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”

Interpretación: El producto mencionado en el presente artículo se toma como referencia la Sección IV que indica los Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados; además de el Capítulo 19: Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería

Para la clasificación legal del producto se toma el texto de partida: 

19.04 Productos a base de cereales obtenidos por inflado o tostado (por ejemplo: hojuelas o copos de maíz); cereales (excepto el maíz) en grano o en forma de copos u otro grano trabajado (excepto la harina, grañones y sémola), precocidos o preparados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otra parte.

Sexta Regla General: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

InterpretaciónTomando en consideración la Sexta Regla General, la base legal para la clasificación arancelaria del producto mencionado, es el texto de la siguiente subpartida:     

  • 1904.30.00.00          - Trigo «bulgur»

 Notas Explicativas

C) Trigo bulgur. Este grupo comprende el trigo bulgur en forma de granos preparados, obtenidos por cocción de granos de trigo duro que son posteriormente secados, descascarillados o pelados, rotos, triturados o quebrantados, obteniéndose finalmente después del cribado el trigo bulgur de tamaños grueso y fino. El trigo bulgur también se presenta en granos enteros.

Posición arancelaria

12126778653?profile=RESIZE_710x

INFORMACIÓN ARANCELARIA

Ad-valorem    30%

Fodinfa            0,5%

IVA                 12%

Código de unidad física: KILOGRAMO BRUTO

Naturaleza primaria de mercancía: PERECIBLE

Fecha de inicio de vigencia: 01/09/2017

Porcentaje de liberación y preferencias: En la consulta del mismo, si el país de origen es Chile, por medio del Acuerdo Internacional(ACU), con régimen de importación a consumo, en el Ad Valorem se tiene una rebaja con una afectación del 100%.

INFORMACIÓN PARA-ARANCELARIA

Restricción: Presentación de requisito

DCP emitido por la Agencia Nacional de Regulación, Control y Vigilancia Sanitaria.

Descripción: Notificación Sanitaria o Certificado de Requerimiento o no de Notificación Sanitaria

Instancia para validación de vigencia de restricción: Fecha de embarque

 Conclusión

Después de la respectiva revisión de Reglas Generales Interpretativas, y notas explicativas, podemos concluir que el Trigo Bulgur, se clasifican en la sección IV Productos de las industrias alimentarias; bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados; en el capítulo 19 de: Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche; productos de pastelería; en la subpartida 1904.30.00.00   - Trigo «bulgur»

Recomendaciones

  • Se recomienda revisar el tipo de producto y su composición al clasificar, analizando todas sus especificaciones y características para de esta manera tener la idea clara de comparación con las notas explicativas y notas de capítulo.
  • Para clasificar correctamente un producto, se debe leer siempre las notas explicativas del sistema armonizado, de acuerdo a las especificaciones de un producto.

Fuentes:

RESOLUCIÓN No. 020-2017 [República del Ecuador, Comité de Comercio Exterior]. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador.https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

SENAE Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador. Consulta del Arancel https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Votos 0
Enviadme un correo electrónico cuando las personas hayan dejado sus comentarios –

¡Tienes que ser miembro de Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador para agregar comentarios!

Join Comunidad Todo Comercio Exterior Ecuador

CONVIÉRTETE EN EXPERTO DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA

Clasificación Arancelaria

EL ABC DE LAS IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES EN ECUADOR, Leyes y Reglamentos que debes conocer

Clasificación Arancelaria

Temas del blog por etiquetas

Archivos mensuales