El desaduanamiento directo de las  mercancías es la operación por la cual, a petición del consignatario o agente de aduana solicita el levante de las mercancías sin la presentacion de la Declaracion Aduanera de Importacion ante el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador cumpliendo con las formalidades exigidas en la normativa vigente.

Las mercancias que se acojan a esta operacion se encuentran descritas en el articulo 94 del reglamento al libro V del Codigo Organico de la Produccion Comercio e Inversiones (COPCI). esta operacion se la realizara bajo control aduanero y en coordinacion con el importador, agente de aduana, depositos temporales y zonas de distribucion, en las zonas primaria aduanera a la que arriban las marcancias.

La solicitud de desaduanamiento directo puede ser enviada previo o posterior al registro de informe de llegada. previo a solicitar el desaduanamiento directo de las mercanciasm, se debe identificar el numero de entrega respectivo. para que la solicitud de desaduanamiento directo sea aprobada automáticamente por el Ecuapass, el importador debe tener una garantía espedífica aprovada para dicho fin, para efectos del monto y vigencia, se debe remitir a lo establecido en el literal l) del Articulo 235 del Reglamento a Titulo de Facilitacion Aduanera del Libro V del COPCI 

OBJETIVO

Describir de forma sencilla, ordenada y simplificada los lineamientos metodológicos, técnicos y de actividades necesarias para ejecutar el proceso aduanero del desaduanamiento directo de las mercancías en el sistema enformático del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador.

NORMATIVA VIGENTE

- Codigo Organico de la Produccion Comercio e Inversiones, publicado en el suplemento del Registro Oficial N°351 del 29 de Diciembre del 2010

-Reglamento al Título de Facilitacion Aduanera del Libro V del COPCI publicado en el suplemento del Registro Oficial N°452 del 19 de Mayo de 2011

-Resolución N° SENAE-DGN-2012-0149-RE, del 23 de Abril del 2012

-Oficio Circular N° SENAE-DGN-2013-0018-C, Consideraciones para el desaduanamiento Directo

Autor: Diego Condor

Fuente:http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-3-010-V1.pdf

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