Guardianes de la Madera: Explorando las Clasificación del Barniz para una Protección Óptima

Introducción

Es un producto que forma una película sólida y transparente cuya principal finalidad es la protección del material. Se aplica a maderas y otras superficies de interior con el objetivo embellecerlas y aportarles resistencia física y química. En superficies exteriores, su aplicación contribuye a preservarlas de la acción de agentes atmosféricos. Este producto se puede diluir con un poco de aguarrás y luego se aplica con un pincel o rodillo, dependiendo el tipo de superficie sobre la que se trabaja.

 Reglas Generales Interpretativas de la Nomenclatura Arancelaria:

Para determinar la clasificación arancelaria de esta especie es necesario identificar la Regla Interpretativa de Nomenclatura que se aplica a la mercancía. Las cuales aplican al caso son: 

  • RGI N.º 1:“Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capítulo.”

Interpretación

Es decir, el título de una sección puede decir "Productos químicos", pero eso no quiere decir que todas las mercancías químicas se clasifiquen ahí. Habría que revisar el texto detallado de cada partida para ver si una mercancía química específica se ajusta a lo descrito ahí. Además, las notas legales de los capítulos pueden excluir algunos productos químicos de esa sección.

  • RGI N.º 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel, a efecto de esta regla también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición de contrario. Se establece que la clasificación más allá de los 4 dígitos debe de determinarse de acuerdo con la aplicación de todas las reglas interpretativas.”

Interpretación

  • La clasificación en una subpartida de 4 dígitos específica se determina legalmente por el texto de esa subpartida y cualquier nota de subpartida relacionada.
  • También se deben aplicar las reglas generales de interpretación previas y las notas de la sección y capítulo correspondientes, a menos que se indique lo contrario.
  • Solo se pueden comparar subpartidas del mismo nivel numérico para efectos de clasificación. Por ejemplo, solo se comparan subpartidas de 4 dígitos entre sí.
  • Para clasificaciones más detalladas, de más de 4 dígitos, se deben aplicar todas las reglas interpretativas en general, tomando en cuenta subpartidas, notas de sección/capítulo y reglas previas.

 En resumen, el texto legal específico de cada subpartida es la primera guía para clasificar a ese nivel de 4 dígitos. Luego se complementa con las notas, reglas generales y comparación con otras subpartidas del mismo nivel numérico. Para mayor detalle, se aplica el conjunto completo de interpretaciones.

NOTAS
N.E: Pág. 428 - Tomo I – Apartado B, Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado
Se consideran barnices, las preparaciones líquidas destinadas a proteger o a decorar las superficies. Estos barnices son a base de polímeros sintéticos, incluido el caucho sintético, o de polímeros naturales modificados químicamente (por ejemplo, nitratos de celulosa u otros derivados de la celulosa, novolacas u otras resinas fenólicas, resinas amínicas o siliconas) con disolventes y diluyentes. Forman una película seca, insoluble en agua, relativamente dura, más o menos transparente o translúcida, lisa y continua, que puede ser brillante, mate o satinada.
N.E: Pág. 428 - Tomo I – Apartado B – Numeral 1, Cuarta Enmienda del Sistema Armonizado
Para aplicar estas pinturas y barnices, se utiliza comúnmente la brocha o el rodillo; los principales métodos industriales son la pulverización, la inmersión o la aplicación a máquina. Están también comprendidos aquí:

1) Los barnices para diluir en el momento de su aplicación. Están constituidos por resina disuelta en una mínima cantidad de disolvente y por ingredientes tales como agentes antipiel, determinados agentes tixotrópicos o secantes que los adecuan para su utilización única como barnices. Estos barnices, en los que dichos ingredientes secundarios también están en solución, se pueden diferenciar de las disoluciones definidas por la Nota 4 de este Capítulo por la distinta naturaleza química de sus respectivos ingredientes secundarios y por la diversidad que tal distinción implica en las funciones que respectivamente desempeñan en ambos tipos de disoluciones.

POSICIÓN ARANCELARIA:

Sección: VI – PRODUCTOS DE LAS INDUSTRIAS QUIMICAS O DE LAS INDUSTRIAS CONEXAS
Capítulo: 32 – Extractos curtientes o tintóreos; taninos y sus derivados; pigmentos y demás materias colorantes; pinturas y barnices; mástiques; tintas
Partida: 32.08– Pinturas y barnices a base de polímeros sintéticos o naturales modificados, dispersos o disueltos en un medio no acuoso; disoluciones definidas en la nota 4 de este capítulo.
Subpartida: 3208.10.00.00- - A base de poliésteres

INFORMACIÓN ARANCELARIA

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Restricciones, requisitos o permisos

Tipo: Prohibición
Descripción: Prohibida importación a la República Popular Democrática de Corea
Instancia: Fecha de aceptación de la declaración aduanera
Requisito: DCP
Base Legal: Resolución 2397 (2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

CONCLUSIÓN:

Dado el análisis realizado anteriormente, para la clasificación arancelaria del Barniz para Madera se aplicó la Regla General Interpretativa 1 y 6, el cual se clasifica en la subpartida 3208.10.00.00 – A base de poliésteres. Teniendo como medidas arancelarias el FODINFA del 0.5% e IVA del 12%.

RECOMENDACIÓN:

Cuando se quiera realizar la clasificación arancelaria de un producto, se debe realizar descripción específica teniendo como guía las notas explicativas donde se detalla la composición y uso del producto elegido.

Referencias

Comité de Comercio Exterior. (2017). Pudeleco. Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. Obtenido de: 

http://www.pudeleco.com/files/a17026a.pdf

Comunidad Andina. (25 de julio de 2007). Dane.gov.co. Versión única en español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (VUENESA), Obtenido de: 

https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

 

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