DESCRIPCIÓN DEL PRODUCTO:

Un tornillo de banco es una herramienta de sujeción diseñada para sujetar piezas de trabajo de forma segura durante procesos como el corte, el lijado, el taladrado o el ensamblaje. Consiste en una base fija y una mandíbula móvil que se puede ajustar para adaptarse al tamaño y forma de la pieza que se va a sujetar.

La base del tornillo de banco se monta en un banco de trabajo o en una superficie similar y proporciona estabilidad durante el uso. La mandíbula móvil se mueve hacia adelante y hacia atrás a lo largo de la base y se puede apretar o aflojar utilizando un mango giratorio.

Los tornillos de banco están disponibles en una variedad de tamaños y estilos para adaptarse a diferentes necesidades y tipos de trabajo. Algunos tienen mandíbulas lisas para sujetar superficies planas, mientras que otros tienen mandíbulas dentadas para sujetar materiales más ásperos o irregulares.

¿QUÉ CRITERIOS ARANCELARIOS SE APLICAN?

REGLAS GENERALES PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NOMENCLATURA ARANCELARIA COMÚN - NANDINA  

Las Reglas Generales de Interpretación son esenciales para establecer un enfoque coherente y transparente en la clasificación arancelaria de productos. Su aplicación ayuda a evitar disputas, facilita el comercio internacional y asegura que los productos sean clasificados de manera precisa y uniforme en todo el mundo.

Para nosotros conocer en qué partida arancelaria se clasifican los tornillos de banco primero que nada se deben tomar en cuenta las reglas generales que vamos a aplicar en este caso se aplicarán las siguientes:

Regla General Interpretativa 1

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas”

La Regla General Interpretativa 1 establece la jerarquía de reglas para la clasificación arancelaria. Es la regla inicial y debe aplicarse antes que cualquier otra regla. Establece el marco para la interpretación y clasificación de productos. Esta sigue el principio de especificidad, indicando que la clasificación se determina por las subpartidas más específicas de una misma partida. Este principio garantiza que se dé prioridad a las descripciones más detalladas sobre las más generales. Establece la base para la aplicación de las reglas siguientes en casos donde la clasificación no puede determinarse de manera clara mediante la aplicación de la primera regla.

Regla General Interpretativa 6

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

La Regla General Interpretativa 6 permite considerar la naturaleza esencial del producto y clasificarlo en la posición que tenga una relación más cercana con esas características esenciales. Esto permite una clasificación más precisa incluso cuando las mercancías no se ajustan estrictamente a las descripciones de las Reglas Generales Interpretativas anteriores.

Busca determinar la clasificación "más apropiada" para las mercancías en cuestión, teniendo en cuenta su naturaleza y características. Esto refleja la intención de encontrar una posición arancelaria que se ajuste de manera razonable a la esencia del producto.

CLASIFICACIÓN DEL PRODUCTO:

Sección

XV

Metales comunes y manufacturas de estos metales

Capítulo 

82

Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común

Partida

8205

Herramientas de mano (incluidos los diamantes de vidriero) no expresadas ni comprendidas en otra parte; lámparas de soldar y similares; tornillos de banco, prensas de carpintero y similares, excepto los que sean accesorios o partes de máquinas herramienta; yunques; fraguas portátiles; muelas de mano o pedal, con bastidor.

Notas de Partida:

Esta partida comprende, independientemente de ciertas herramientas específicamente designadas, todas las demás herramientas manuales, con excepción de las comprendidas en otras partidas del presente Capítulo, o bien en otra parte de la Nomenclatura (véanse las Consideraciones generales de este Capítulo).

Se clasifican aquí un gran número de herramientas manuales, incluso con dispositivos mecánicos sencillos, tales como manivelas y engranajes. Estas herramientas consisten en:

G) Tornillos de banco, gatos de carpintero y similares, manuales, de diversos sistemas, de los tipos que se fijan a un banco de carpintero o a una mesa, para carpinteros, cerrajeros, armeros, relojeros, etc., con excepción de los tornillos de banco que sean partes o accesorios de máquinas (máquinas herramienta, especialmente). Se clasifican igualmente en este grupo las mordazas y prensas que desempeñan el mismo papel que los tornillos de banco manuales propiamente dichos, así como los barriletes, ganchos y topes de banco.

Sin embargo, se excluyen de esta partida los dispositivos de fijación de ventosa constituidos por una montura, un asa y una palanca para crear una depresión, de metal común y las ventosas de caucho que se adaptan momentáneamente a un objeto para desplazarse (por ejemplo, partidas 73.25, 73.26 o 76.16)

CLASIFICACIÓN ARANCELARIA:

Sección

XV

Metales comunes y manufacturas de estos metales

Capítulo 

82

Herramientas y útiles, artículos de cuchillería y cubiertos de mesa, de metal común; partes de estos artículos, de metal común

Partida

8205

Herramientas de mano (incluidos los diamantes de vidriero) no expresadas ni comprendidas en otra parte; lámparas de soldar y similares; tornillos de banco, prensas de carpintero y similares, excepto los que sean accesorios o partes de máquinas herramienta; yunques; fraguas portátiles; muelas de mano o pedal, con bastidor.

Subpartida

8205.70.00.00

Tornillos de banco, prensas de carpintero y similares

TRIBUTOS FIJOS DE MERCANCÍAS:

Arancel Ad-valorem

5%

Arancel Específico

-

Fodinfa

0,5 %

IVA

12 %

ICE

-

MEDIDAS DE RESTRICCIÓN Y PROHIBICIÓN:

A continuación se encuentran algunas restricciones para esta subpartida:

Prohibiciones

Código de
Régimen

Tipo de
Restricción

Código de
Requisito

Todos los regímenes
(República Popular de Corea)

Importación
a consumo

Prohibición

NIN

Instancia: Fecha de aceptación de la declaración aduanera

Base Legal: Resolución 2397 (2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas

CONCLUSIONES:

  • Los tornillos de banco están diseñados principalmente para sujetar piezas de trabajo de forma segura durante procesos de trabajo como corte, lijado, taladrado, etc. La subpartida 8205.70.00.00 abarca "los demás tornillos y pernos, incluso con sus tuercas y arandelas correspondientes", lo que sugiere que los tornillos de banco se clasifican aquí debido a su función principal de sujeción y su construcción robusta para este propósito.
  • La subpartida 8205.70.00.00 también incluye los componentes asociados con los tornillos y pernos, como tuercas y arandelas. Aunque los tornillos de banco no utilizan estos componentes de la misma manera que los tornillos convencionales, su inclusión en esta subpartida podría deberse a la naturaleza de los elementos de sujeción que utilizan y su funcionalidad similar en términos de mantener las piezas en su lugar.
  • Los tornillos de banco son herramientas comúnmente utilizadas en talleres y entornos de fabricación para sujetar diversas piezas de trabajo. Su función es esencialmente la misma que la de los tornillos y pernos convencionales, pero con un propósito más específico y robusto. Esto puede haber influido en su clasificación dentro de la subpartida 8205.70.00.00, que abarca "los demás tornillos y pernos" que no están específicamente clasificados en otras subpartidas más detalladas.

RECOMENDACIONES:

  • La subpartida 8205.70.00.00 está destinada a herramientas manuales neumáticas, hidráulicas o con motor incorporado. Los tornillos de banco, a pesar de ser herramientas manuales, pueden considerarse dentro de esta categoría debido a su construcción robusta y su capacidad para sujetar piezas de trabajo con fuerza, lo que los hace similares en propósito y construcción a otras herramientas manuales de sujeción.
  • Los tornillos de banco son herramientas diseñadas específicamente para sujetar piezas de trabajo durante tareas de mecanizado, carpintería, soldadura u otras actividades similares. Su uso principal es proporcionar una sujeción estable y segura, lo que los hace adecuados para la categoría más amplia de herramientas manuales en la que se incluyen en la subpartida mencionada.
  • Los tornillos de banco suelen estar fabricados con materiales resistentes como hierro fundido o acero, y suelen tener componentes móviles que requieren cierta precisión en la fabricación. Estas características los hacen similares a otras herramientas manuales de la subpartida 8205.70.00.00 en términos de materiales y proceso de fabricación.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS:

Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador (SENAE). (s.f.) Consulta del Arancel. Mesa de Servicios. https://mesadeservicios.aduana.gob.ec/arancel/

Comunidad Andina. (2007). Notas explicativas que incorporan la cuarta enmienda del sistema armonizado. https://www.dane.gov.co/files/sen/nomenclatura/SA2007.pdf

Ministerio de Comercio Exterior. (2017). Resolución No.20-2017 Nomenclatura de Designación y Codificación de Mercancías del Ecuador. https://www.produccion.gob.ec/wp-content/uploads/2019/06/RESOLUCI%C3%93N-COMEX-020-2017.pdf

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