Tomando en cuenta el incremento constante de las operaciones de Comercio intracomunitario, sin mencionar el incremento extracomunitario, se puede afirmar que cada día se cuenta con más información para realizar una buena gestión de riesgo, dado que con el análisis de la información en forma competente se podrán tomar decisiones acertadas.

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Con el paso del tiempo algunos casos en el sector privado y en las administraciones aduaneras, comenzaron a contar con tecnologías que les permitían poder brindar u obtener —según se requería— la información aduanera, a través de medios magnéticos, con lo que, por ejemplo, la administración aduanera recibía información de las mercancías antes de la llegada de estas.

 

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Todo sistema de Gestión de Riesgo debe contar con una buena información, fiable y oportuna. Fiable, porque para poder predecir algún su[1]ceso debemos tener la certeza de que la información ingresada es la correcta, caso contrario se realizará un análisis de información inexacto y por lo mismo la toma de decisiones que se base en dicho análisis no será la adecuada. Oportuna, porque es necesario —para realizar análisis de riesgos— tener información del momento y no de hechos muy lejanos o de casos no similares, ya que esto también afecta la toma final de decisiones.

 

¿Cuáles son los riesgos que probablemente se pueden presentar?

¿Por qué surge el riesgo?

¿Cómo pueden surgir los riesgos?

Normativa 

 

La manipulación a conveniencia del operador de comercio exterior para que el pago de los tributos sea menor al real. 

 

Surge porque el OCE no está dispuesto a liquidar la cantidad que le corresponde ni asumir sus costos reales para obtener alguna ganancia económica sin que la aduana del país de destino se de cuenta.

 

Mediante el cambio de costos del producto en las factura o el del FOB en la declaración aduanera para que este tenga un valor menor al que en realidad pagó su mercancía y los tributos al comercio exterior también sean bajos.  

 

Art. 145.- Control Posterior: Dentro del plazo de cinco años contados desde la fecha de pago de los

tributos al comercio exterior el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador podrá someter a verificación

las declaraciones aduaneras, así como toda información que posea cualquier persona natural o

jurídica que guarde relación con mercancías importadas.

 

Falsificación de certificados de origen

 

Porque si se encuentra que la mercancía es presunta de fraude y no es la primera vez que el OCE hace un trámite sea de importación o exportación, la aduana tendrá sus dudas de si ya cometió dicho delito antes. 

 

Mediante la falsificación de certificados de origen para acogerse a preferencias arancelarias y pagar menos en la aduana.

Art. 145.- Control Posterior: el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador podrá disponer la realización

de auditorías a los regímenes especiales dentro de un plazo de cinco años contados a partir de la

fecha de la declaración aduanera, para lo cual se podrá efectuar todo tipo de constataciones, sean

estas documentales, contables o físicas

Infracciones aduaneras

Por que asi se puede pueden ingresar o salir mercancías sin la necesidad de hacer el proceso aduanero ni tener un control de este para poder ahorrarse dinero en los documentos, trámites, agentes de aduana, etc. 

Mediante la entrada, la salida y venta clandestina de mercancías prohibidas, sean llevadas escondidas o sometidas a derechos en los que se defrauda a las autoridades locales.

Art. 145.- Control Posterior:Además, el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador, a través de sus unidades operativas, tiene la

atribución para investigar las denuncias por infracciones aduaneras que se le presenten, así como

para realizar los controles que considere necesarios dentro del territorio aduanero en el ámbito de su

competencia

Toda práctica que resulte contraria a la buena Fe comercial.

En general surge por la falta de adhesión y compromiso al cumplimiento de los principios detallados en el capítulo 06 del convenio de Kyoto respecto a las  mejores prácticas de control dentro de las cuales podemos destacar: 

 

La aduana debe hacer extensivo el uso de la tecnologías de la información, sin embargo dentro de este punto podemos ver ralentización en sistemas como la VUE, ECUAPASS, cuya funcionalidad según la revista gestión, aún se encuentra a  un 62%. 

 

Adicional consideramos conveniente mencionar que es por falta de ética profesional y comercial dentro de todos los participantes. 

  • Prácticas de competencia desleal dentro de las cuales podemos mencionar piratearía, o importación de productos por debajo de su precio real disfrazado como promoción o liquidación.


  • Casos referidos a incorrecta declaración de importación con  participantes vinculados por algún beneficio mutuo fuera de las normas del acuerdo sobre valoración 

de la OMC. 

  • Capítulo 6 denominado “Control Aduanero” de las Directivas del Anexo General del Convenio de Kyoto. 


  • Artículo 1 del acuerdo sobre valoración de la OMC apartado a) d) referente a  que no exista una vinculación entre el comprador y el vendedor. 

 

Identificación de Riesgos

La identificación del riesgo puede darse en dos momentos.

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Cuanto más eficiente sea la gestión de riesgo que se realice, más eficiente será la identificación de los riesgos y por lo tanto será más factible que nos encontremos en la segunda opción, que es lo ideal.

IMPORTANTE

Los problemas de riesgo pueden ser múltiples. Entre los que podemos mencionar están valor, contrabando, cobro indebido de beneficios posteriores a la exportación, etc.

Los dos primeros casos se presentan porque el importador espera no ser detectado por la administración aduanera, y declara cantidades o valores por debajo del real a fin de no pagar impuestos.

En el último caso de cobro indebido de beneficio, su mismo nombre lo indica, se presenta porque en este caso, el exportador se va a beneficiar con una devolución de impuestos que no le corresponde.

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Conclusiones:

  • Hoy en día, las administraciones tributarias, visto un entorno donde cada vez se cuentan con más avances tecnológicos que pueden permitir a los usuarios cometer algún tipo de fraude, es que deben estar a la vanguardia y disponer a su vez de las mejores herramientas que les permitan detectar los mencionados fraudes, hecho en el cual la Gestión de Riesgo juega un papel fundamental.
  • Lo que una buena Gestión de Riesgo debe hacer, es permitir a las administraciones aduaneras aumentar la calidad del control de sus operaciones y, paralelamente, brindar facilidades al operador al momento del despacho. Es decir, la ventaja de utilizar Gestión de Riesgo para fines de con[1]trol aduanero es permitir a los funcionarios de las administraciones aplicar criterios de selección que les posibiliten obtener información de manera confiable y oportuna para así tomar una acción inmediata frente a una circunstancia determinada.

 

Recomendaciones:

  • Es importante poder identificar con precisión cuáles son los riesgos posibles que se pueden presentar, por qué se presentan y la manera cómo pueden presentarse de modo que sirva de base para un análisis posterior.
  • Para esto es necesario tener información de los operadores que nos permitan identificar los posibles riesgos a ocurrir.
  • Es importante que la administración aduanera conozca muy bien la ley aduanera con el objetivo de realizar un buen control aduanero.

 

Referencias:

 

SABINE PICO V.

 

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