Es una obligación que se contrae con el SENAE, para asegurar el pago del monto de los tributos aduaneros, aplicables para importaciones y exportaciones.
Medios de garantías más usados:
- Depósito en efectivo
- Garantía bancaria
- Póliza de seguros
- Carta de garantía, para diplomáticos y públicos
Tipos de Garantías:
- Garantías generales.- Son las que afianzan todas las operaciones de una persona que se involucra en el tráfico internacional de mercancías.
- Garantías especificas.- Por el contrario estas, solo afianzan una operación o transacción de la persona en el tráfico internacional de mercancías.
Disposiciones:
Las garantías aduaneras para ser aceptadas deben cumplir algunas disposiciones legales como:
- Ser expresadas en Dólares americanos
- Deben ser incondicionales, irrevocables, y de pago inmediato
- Para acciones de cobro el SENAE se tomará 30 días adicionales
- En caso de garantías generales ejecutadas parcialmente, el propietario deberá reponer el monto de cada garantía aplicada
- Las bancarias y pólizas de seguros deben tener la firma del asegurado
Las garantías aduaneras solo serán aplicadas al verificarse una obligación impaga, para ello deberá constatarse el acto de determinación tributaria mediante el aforo de las mercancías.
En caso de existir garantías aduaneras no honradas por entidades emisoras a favor del SENAE se aplicará los respectivos intereses por mora.
Conclusiones:
La aplicación de garantías aduaneras facilitan el comercio y lo agilita, puesto que permite, de cierta forma, postergar el pago de los tributos al comercio exterior, permitiéndole al importador nacionalizar sus mercancías y empezar a comercializarlas o incluirlas en su proceso productivo.
Fuentes:
- http://www.aduana.gob.ec/files/pro/pro/oce/2013/SENAE-GOE-2-3-010-V1.pdf
- Reglamento al COPCI, capitulo IX de las Garantías Aduaneras
- Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones Capitulo VIII artículo 174
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