CONCLUSIONES:
El Consejo Nacional de Telecomunicaciones CONATEL será el organismo de autorización, registro y regulación de las entidades de certificación de información acreditadas, mientras que la SUPERTEL será el organismo encargado del control de las entidades de certificación de información acreditadas. Ambas instituciones se complementan, pero el CONATEL no puede actuar sin previa autorización de la SUPERTEL
RECOMENDACIONES:
Las entidades de certificación de información acreditadas deben cumplir con todos los requisitos necesarios para su funcionamiento para evitar problemas a futuro con las instituciones que están a cargo de controlar y de autorizar a las entidades de certificación.
TÉRMINOS:
SUPERTEL: Superintendencia de Telecomunicaciones
Revocar: Dejar sin efecto una concesión, mandato o resolución
FUENTE:
http://www.oas.org/juridico/spanish/cyb_ecu_ley_comelectronico.pdf
AUTOR: Sofía Carrera
Comentarios