Fraude Aduanero y su impacto en el Ecuador.

Modalidades de fraude aduanero y su impacto en Ecuador

El fraude aduanero consisten en un acto ilícito, que se basa en la simulación, engaño,
falsedad u ocultación que inciden o inducen a errores contra las Administraciones
Aduaneras, causando perjuicios tanto al control y cumplimiento de la norma aduanera o,
a su vez, en la recaudación al fisco evadiendo el pago parcial o total de los impuestos al
comercio exterior, aunque las mercancías no sean objeto de imposición.

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En el Ecuador, el comercio ilícito es el resultado de la oferta y la demanda: por un lado
la demanda por productos más baratos, o productos específicos percibidos como de
mejor calidad o que no están disponibles en el mercado legal; y por otro, los fabricantes
de productos legales e ilegales que buscan aumentar sus ventas, beneficios y
participación de mercado; o, a su vez penetrar en nuevos mercados, todos éstos
facilitados por la corrupción, la presencia de redes criminales y la incipiente capacidad
de los gobiernos para controlar estos hechos.

Según el documento emitido por la CAN llamado "LUCHA CONTRA EL FRAUDE",
las modalidades de fraude aduanero que se pueden identificar son las siguientes:

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Contrabando

El contrabando consiste en el ingreso o salida de mercancías en el territorio aduanero
nacional sin ser presentadas o declaradas ante la autoridad aduanera, usando lugares
habilitados (puertos y aeropuertos) y a través de lugares no habilitados (playas, trochas,
pasos de frontera, aeropuertos, puertos, depósitos). Su objetivo, es eludir el pago de los
tributos aduaneros.

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El contrabando en el Ecuador se remota a la época colonial. Las formas como se
presenta han ido “evolucionando” y “modernizándose”, en el sentido de que quienes se
dedican a esta tarea adoptan nuevas modalidades y estrategias para evadir los controles,
de ahí que como lo menciona el Dr. Reinaldo Calvachi en su artículo sobre delitos
aduaneros (2002), “todos los ‘esfuerzos’ para su erradicación y extirpación han
devenido en proyectos insuficientes y frustrantes”.

Consecuencias del contrabando

  • Competencia desleal
  • Disminución de los ingresos del Estado
  • Desempleo
  • Crimen organizado
  • Informalidad

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Defraudación tributaria

Corresponde al ingreso o salida de mercancías en el territorio aduanero nacional con
presentación y declaración, pero que por maniobras fraudulentas se altera la
información que se le presenta a la autoridad aduanera. El fin de: subfacturar,
sobrefacturar, evadir el cumplimiento de requisitos legales, cambiar la posición
arancelaria u obtener otros beneficios aduaneros o tributarios. Para este propósito se
acude a la presentación de documentos falsos o a la ausencia de autorizaciones o
documentos requeridos para los trámites aduaneros. El objetivo es pagar menos tributos
o aranceles aduaneros con respecto a la mayor cantidad de mercancías ingresadas al
territorio.

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Elusión de impuestos

Hace referencia a las conductas del contribuyente que busca evitar el pago de impuestos
utilizando para ello estrategias permitidas por la misma ley o en sus vacíos. La elusión
no es estrictamente ilegal puesto que no se está violando ninguna ley, sino que se está
aprovechando mediante una interpretación en ocasiones amañada o caprichosa,
ocasionado por una ley ambigua o con vacíos.

Evasión tributaria

La evasión, en cambio, refiere a las maniobras utilizadas por los contribuyentes para
evitar el pago de impuestos violando para ello la ley. En la evasión tributaria no se
cumple con la ley. La acción es ilegal.

Movimientos ilegales de medios de pago (subvaluación y sobrevaluación)

Constituyen aquellos movimientos de medios de pago correspondientes a operaciones
de importación y exportación que hubieran sido subvaloradas o sobrevaloradas con
objeto de eludir el pago de los derechos de aduanas y demás tributos legalmente
exigibles o con el objeto de obtener mayores devoluciones o restituciones.

Subvaluación: el Libro de la Lucha contra el Fraude de la Comunidad Andina indica
que subvaluar consiste en rebajar dolosamente el monto total imponible de las
mercancías, con lo cual se disminuye el pago de impuestos y aranceles, afectando de tal
manera los ingresos que el país debería percibir por el tráfico de dichas mercancías.

Esta manifestación de fraude se da al momento en que la persona encargada de importar
presenta los documentos de embarque o despacho aduanero alterando su costo, de tal
forma que esto le permite realizar una declaración de impuestos con un valor menor al
valor real de la mercancía, logrando con ello pagar menos y lograr mayores beneficios.

Sobrevaluación: se la define como el incremento doloso del valor a declarar de una
mercancía, y al igual que la subvaloración se presenta documentación alterada, con ello
se espera incrementar el precio de la mercancía o a su vez obtener beneficios por parte
del Estado o de terceros. Este tipo de manifestación de fraude, por lo general se da en
aquellos países con altas tasas de impuesto a la renta y con impuestos a la importación
muy bajos, lo cual permite que la mercancía que ingresa al país pague un pequeño
monto, de tal forma que el valor sobrevaluado se ingresa en la contabilidad de la
empresa reduciendo ficticiamente la base imponible para la declaración del impuesto a
la renta.

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Falsedad de origen

Esta modalidad consiste “en el forjamiento de documentos o certificados de origen de la
mercadería, se comete con propósitos diversos: gozar de un régimen arancelario
preferencial, evadir el pago de derechos antidumping, eludir restricciones cuantitativas o
licencias obligatorias, etc.”

Este tipo de modalidad de fraude, por lo general se utiliza para beneficiarse
indebidamente de las reglas respecto a los regímenes preferenciales y los cupos
arancelarios que se fijan en función al país de origen.

Las modalidades más frecuentes respecto de la falsedad de origen, pueden mencionarse
en la falsificación de documentos que justifiquen un origen que otorgue cierto derecho a
una preferencia arancelaria, o en su defecto a la falsa declaración del país de origen en
los documentos de la aduana.

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Otras modalidades de fraude

Uso indebido del régimen de tránsito.- Es la desviación de la mercancía de su destino
para el consumo interno, se utiliza en los medios siguientes: declaración aduanera falsa,
ausencia de tránsito de las mercancías, sustitución de las mercancías.

Falsas declaraciones de calidad o cantidad.-Son aquellas mercancías que han sido
declaradas con falsa información en cuanto a su calidad y cantidad, lo que permite
beneficiarse de porcentajes tributarios o arancelarios inferiores, se utilizan por ejemplo:
en mercancías peligrosas para la salud o en mercancías con etiquetas engañosas de
origen o composición.

Las mercancías falsificadas o piratas.- Por falsificación se entiende cuando sin
autorización se utiliza una marca registrada de fábrica o de comercio sobre una
mercancía o su embalaje, violentando los derechos.

El registro de empresas ficticias.- Es la creación de empresas de papel, es decir que
aunque registran domicilio, no se las ubica, ejercen sus actividades de manera indebida,
a fin de beneficiarse de créditos, deducciones fiscales, etc.

La quiebra fraudulenta.- Se trata de liquidaciones organizadas de sociedades que
trabajan durante periodos cortos, acumulando deudas en lo fiscal o aduanero, para luego
declararse en banca rota, con lo cual evitan el pago de impuestos.

Conclusiones

Los delitos aduaneros consisten en el tráfico ilegal internacional de mercancías o todo
acto de falsedad, ocultación o simulación que induzca a la autoridad aduanera a error,
evitando el pago de los tributos correspondientes. En Ecuador el contrabando está
considerado como un delito aduanero que en caso de cometerlo tiene sanciones
establecidas de forma legal por la autoridad competente.

Recomendaciones

Para combatir los delitos aduaneros antes mencionados, las administraciones de aduana
deben tener un buen funcionamiento además de contar con planes y acciones que
permitan erradicar estos delitos, el Servicio Nacional de Aduanas del Ecuador cuenta
con controles anteriores, concurrentes y posteriores que permiten determinar y encontrar
aquellas personas que están perjudicando al fisco. Este trabajo práctico analizara los
delitos aduaneros y sus sanciones aplicadas por el Servicio Nacional de Aduanas del
Ecuador, donde encontramos ventajas para las personas que pretenden ingresar
mercadería al país, como evitarse multas, prisión o el pago de salarios básicos
unificados por tratar de evadir los controles aduaneros.

Referencias

- Perfil Criminológico, Contrabando. (2015). FLACSO
ANDES.https://www.fiscalia.gob.ec/images/PerfilCriminologico/criminologico15.pdf
- Lucha contra el fraude. (2002). CAN.
https://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=&cad=rja&uact
=8&ved=2ahUKEwiXueDug83xAhVeTDABHWGoCEMQFjAAegQIBRAD&url=http
%3A%2F%2Fintranet.comunidadandina.org%2FDocumentos%2FReuniones%2FDTrab
ajo%2FSG_CAAA_XIV_dt13.doc&usg=AOvVaw1MSbHYiH_dgJ0ncflAw2Rr

Autora: Montaño Karol

 
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